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Quito: Guardia de seguridad usó su arma para salvar a compañero de un asalto en Calderón

El celador apuntó con su arma, pero no disparó por miedo a caer preso. Una abogada explica que la ley sí los respalda en su accionar

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El guardia confesó que si herían a su compañero, él disparaba a los choros.GUSTAVO GUAMAN

Alberto (nombre protegido) se convirtió en el héroe de su compañero al impedir que este sea apuñalado por dos delincuentes.

Ambos son guardias de seguridad de un conjunto ubicado en Calderón, en el norte de Quito, y relevaban el turno de la mañana cuando ocurrió el ataque de los choros.

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Eran las 06:45 del viernes 26 de mayo. Mientras Alberto revisaba la bitácora su compañero salía del conjunto, donde fue interceptado por cuatro delincuentes que circulaban en motocicleta. Dos de ellos se bajaron, sacaron un cuchillo y acorralaron al celador.

Alberto vio la acción en la cámara de seguridad y salió corriendo para defenderlo. Sacó su arma de dotación, gritó: “Ey, quietos” y apuntó a los delincuentes.

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Estos, al ver la reacción del guardia corrieron hasta donde estaban sus compinches en moto y huyeron. Uno de ellos, mientras corría, amagó como que quería disparar con el cuchillo a Alberto.

  • CONTEXTO LEGAL

El guardia de seguridad indica que estuvo a punto de disparar a los delincuentes, pero lo pensó dos veces porque asegura que si lo hacía no tendría el respaldo legal para justificar su accionar.

Sin embargo, la abogada Valeria Mena explica que luego de la firma del decreto 755, con el que se reglamentó la Ley del Uso Legítimo de la Fuerza, los guardias podrían estar más tranquilos en ese aspecto.

La jurista señala que si bien es cierto que en el reglamento se aclara disposiciones que están confusas en la ley y profundiza aspectos relevantes para la actuación de los policías, los militares y guías penitenciarios, los celadores podrán accionar armas letales, según las circunstancias.

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Momento en el que los delincuentes arremeten contra el compañero de Alberto.cortesía

Según Mena, los guardias tienen la formación para el porte de armas y están autorizados para el cumplimiento de su misión institucional de brindar seguridad. Es decir, si un celador ve una amenaza o un peligro inminente, puede usar su arma sin correr el riesgo de ser privado de libertad, ni ser separado de la institución en la que trabaja.

Freddy Arias, supervisor de una empresa de seguridad, enfatiza que este escenario solo es posible si los guardianes se amparan en el aspecto jurídico de la legítima defensa. Es decir, podrán librarse de ‘cana’ o de ser despedidos si accionan su arma cuando actúa en protección de cualquier derecho, propio o ajeno, siempre y cuando haya un peligro inminente.

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