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Abdalá Bucarám y su hijo Jacobo, a juicio por delincuencia organizada

Se determinará su culpabilidad o no en este delito. El caso se remonta a las irregularidades en la compra de insumos médicos en la pandemia

Abdalá
Al menos cuatro abogados defienden a Abdalá Bucaram en el caso de delincuencia organizada.Archivo

El expresidente Abdalá Bucaram y su hijo, Jacobo Bucaram Pulley, fueron convocados a la audiencia de juicio por su presunta participación en el delito de delincuencia organizada. La diligencia está programada para las 08:30 de este martes 20 y 21 de febrero de 2024, en el Complejo Judicial Norte, en Quito.

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De acuerdo con la notificación del Sistema Informático de Trámite Judicial (SATJE), a la audiencia prevista en las salas de los Tribunales de Garantías Penales, también están llamados el ciudadano israelí Sheiman Oren y el exintegrante de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), Leando Berrones.

Los cuatro sospechosos están procesados por el caso de supuestas irregularidades en la adquisición de insumos médicos de mascarillas y pruebas para detectar el covid-19, durante la pandemia de 2020.

En la audiencia oral de juzgamiento, el Tribunal decidirá si declara culpables o no del delito de delincuencia organizada a Bucaram Ortiz, Bucaram Pulley, Oren y Berrones.

  • Exagente solicitó cambiar fecha

El pasado 14 de febrero, el exagente Berrones solicitó diferir la audiencia, pero la petición fue negada. Ese día se determinó que luego de una revisión del proceso y del Sistema Satje, se identificó que las diligencias "han sido diferidas varias veces con anterioridad por petición de los procesados" y el requerimiento se rechazó.

La fiscal del caso, Lidia Sarabia, solicitó que sus testigos brinden su testimonio de manera telemática "por razones de seguridad".

El abogado del expresidente Bucaram, Alfredo Arboleda, dijo que acudirá a la audiencia, pero se solicitó que el exmandatario asista de manera virtual. Está previsto que la audiencia se inicie con los alegatos de la Fiscalía y luego los de la defensa.

  • La delincuencia organizada se sanciona

El artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que el delito de delincuencia organizada se configura cuando una "persona que mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de dos o más personas que, de forma permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva, con el propósito de cometer uno o más delitos".

Según la Ley, en Ecuador la delincuencia organizada se sanciona con pena privativa de libertad de más de cinco años. En los casos en los que la persona que incurra en este delito tenga como objetivo la obtención de beneficios económicos u otros de orden material, se enfrenta a una pena de cárcel de siete a diez años. 

En el caso de los cómplices, los colaboradores serán sancionados con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

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