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Billy Navarrete: “La no reparación de daños es una violación a los derechos humanos”

De acuerdo al director del CDH, hay casos similares a los de René Crespo, que fue desvinculado de la Armada por un delito que no cometió

René Crespo
René Crespo fue parte de la Armada durante 12 años y fue cesado.Miguel Canales León

Como la historia de René Crespo, quien solicitó y le fue negado su restitución a la Armada del Ecuador luego de haber sido dado de baja en 1998 por un delito que no cometió, hay decenas de casos de víctimas de injusticias, que no solo involucran a esa institución. Así lo asegura Billy Navarrete, director del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH).

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“Este caso (el de Crespo) es bastante similar a otros hechos registrados por el CDH y que involucran procedimientos de la Marina. Ha habido procedimientos irregulares, a propósito de no reconocer a los miembros de esa fuerza, algunos anacrónicos, que tiene que ver con el daño al buen nombre. Incluso, con vinculación de aspectos de la vida privada de estas personas, que los excluye de pertenecer a las Fuerzas Armadas y es una violación a los derechos humanos”, dijo.

Navarrete detalla el caso de Carlos Barberán, sargento de la Marina en Guayaquil, que se presentó al Curso de Administración Militar Mando y Liderazgo para un ascenso. Sin embargo, supuestamente le negaron ese derecho debido a que su hoja de vida contravenía el reglamento de Normas de Ingreso para la calificación al curso.

“Fue separado por tener hijos fuera del matrimonio y aún sigue peleando su reintegro”, añade Navarrete. Este caso está detallado en un informe de dicha institución en 2011 que, entre otras violaciones a los derechos humanos, hace un informe sobre la discriminación dentro de los cuarteles.

“El comportamiento ante el seno de la familia, de la Armada y de la Sociedad, al procrear hijos en diferentes mujeres, lo que desdice de su formación ética y moral, conforme lo establecido en el artículo 8, numeral 1, de las normas”, detalla el informe.

En el caso de René, según su abogado Armando Zambrano, aplica una reparación en el proceso penal porque “iniciar un proceso en contra de alguien, darle de baja, dañarle su estatus de vida, sus aspiraciones dentro de la institución; y al final, no haber sido sentenciado porque no se probó nada en su contra, genera un reparación”, explicó el jurisconsulto.

René, hace más de 20 años, fue vinculado a una supuesta banda delictiva. Lo detuvieron y estuvo aprehendido por cinco meses, mientras duraron las investigaciones. Finalmente, su caso fue sobreseído al no encontrar pruebas que demostraran su implicación.

Sin embargo, la Armada le dio de baja aduciendo que tenía una “mala conducta”. EXTRA se comunicó con la institución, para conocer las causas de la expulsión, pero hasta el cierre de esta nota no respondieron.

En 2019, René realizó una solicitud para su reingreso, apoyándose en el artículo 88 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas. “Si se dictare sentencia absolutoria o pena privativa de libertad de noventa días o menos, se dejará insubsistente la baja del militar y volverá al servicio activo, recuperando todos los derechos que le hayan correspondido. El tiempo que haya durado la pena privativa de la libertad, no será tomado en cuenta para determinar su antigüedad y ascenso”, especifica.

Sin embargo, según el abogado Zambrano, esto fue respondido de manera negativa, porque según él, la institución aduce que su baja fue dada por “mala conducta” sin supuestamente explicar a qué se debe tan aseveración.

Las no reparaciones de daños en procesos penales es recogida como una de las manifestaciones de violaciones a los derechos humanos por la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) y el Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (Cepam). Ambas instituciones elaboraron un informe para conocer la situación en el país.

“Entre las manifestaciones de violaciones a derechos humanos encontramos la detención ilegal, los procesamientos injustificados y la violación al debido proceso, afectando valores esenciales de las personas”, explica el documento de 229 páginas, emitido en el 2000.