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Una llave a beneficios: el carnet para personas con discapacidad
En Ecuador existen 444.901 personas con algún tipo de discapacidad registrados en la base de datos del Consejo Nacional de Discapacidades (Conadis). De este cifra, 207.457 (46.63 %) ciudadanos portan una de carácter físico; y 99.944 (22.46 %) intelectu
En Ecuador existen 444.901 personas con algún tipo de discapacidad registrados en la base de datos del Consejo Nacional de Discapacidades (Conadis). De este cifra, 207.457 (46.63 %) ciudadanos portan una de carácter físico; y 99.944 (22.46 %) intelectual, entre otras.
Para ese segmento de ecuatorianos es indispensable portar el documento de identificación que les permita acceder a los distintos servicios y beneficios que concede la ley; nos referimos al carnet de discapacidad.
Entre los beneficios constan rebajas en los servicios básicos, rebajas o exención con relación al Impuesto sobre la Renta, exoneración de la tarifa de transporte, importación de bienes exentos del pago de tributos, entre otros.
La Ley Orgánica de Discapacidades, en su artículo 6, considera persona con discapacidad a toda aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera originado, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, psicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, en la proporción que establezca el Reglamento.
Los tipos de discapacidad reconocidos son auditiva, física, intelectual, lenguaje, psicosocial y visual; cada una de estas puede manifestarse de diferentes maneras y en diferentes grados.
Los hombres son quienes más poseen alguna discapacidad, con 249.986 registros; mientras el número de mujeres alcanza los 194.898 casos. La edad donde más se presenta esta condición fluctúa entre los 30 y 65 años.
Referente al aspecto laboral, existen 65.804 personas con discapacidad que trabajan en el país, de los cuales el 66,65 % son hombres y 33.35 % son de sexo femenino.
Si tu o algún familiar posee algún tipo discapacidad y no sabes cómo obtener esta identificación toma en cuenta la siguiente información.
Consiguiendo el carnet
El carnet de discapacidad puede ser obtenido en los Establecimientos de Salud de Primer Nivel autorizados del Ministerio de Salud Pública (MSP). Previo a esto deberás llamar al número telefónico 171 para solicitar una cita médica de evaluación bio-psicosocial a la persona con discapacidad, o de ser necesario, se coordinará una atención médica domiciliaria. Este método se aplicará también para la recalificación de discapacidad.
Cabe recalcar que este carnet no tiene costo alguno y es gratuito. A continuación los requisitos según el tipo de discapacidad o condición:
-Calificación de personas con discapacidad visibles o evidentes:
Cédula de ciudadanía o identidad (de preferencia actualizada, la cédula de identidad aplica a extranjeros que residen legalmente en el Ecuador).
-Calificación de personas con discapacidad no visibles o no evidentes:
Cédula de ciudadanía o identidad (de preferencia actualizada, la cédula de identidad aplica a extranjeros que residen legalmente en el Ecuador).
Informe médico:
Calificador/especialista/tratante y exámenes complementarios de ser el caso. Estos documentos deben contener la información original con los sellos y firmas de responsabilidad; además deben tener una validez de 6 meses a 1 año de emitido y serán solicitados cuando la condición discapacitante así lo amerite.
Condiciones:
El informe médico: los exámenes complementarios podrán ser emitidos solo por las unidades de la Red Pública Complementaria e Integral de Salud, Ministerio de Salud Pública (MSP), Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL), Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), Junta de Beneficencia, Clínicas y Hospitales Privados; instituciones que deben estar autorizadas por la Autoridad Sanitaria. Los consultorios privados y médicos privados no están autorizados para emitir los mismos.
Estos requisitos aplican también para las personas con discapacidad en su domicilio.
-Recalificación de personas con discapacidad
La recalificación se puede realizar máximo dos veces al año (12 meses), luego de la calificación inicial. Los requisitos y condiciones son los mismos que los aplicados para aquellos con discapacidad no visibles o no evidentes, pero se agrega un formulario de solicitud de recalificación de discapacidad. Este documento será llenado por la persona con discapacidad o por el representante legal, según sea el caso.
-Robo o pérdida del carnet
En el caso que reposición del documento por pérdida, sustracción o robo deberás que acercarte al establecimiento de Salud autorizado con los requisitos correspondientes (cédula y formulario de documentos extraviados). Previo a esto debe realizar la denuncia en la página web del Consejo de la Judicatura y suscribir el formulario antes mencionado en la misma institución.
Los cambios a futuro
Debes tener en cuenta que de acuerdo Plan Nacional de Discapacidades (2017-2021), el sistema de calificación y acreditación cambiará a finales de 2018, periodo hasta cuando tendrán vigencia los carnets.
Uno de los principales cambios es que la condición y grado de discapacidad que posea la persona constará en la cédula de identidad.
En el caso que ya poseas con anterioridad el carnet del MSP (independientemente del año de emisión), deberás canjearlo por uno nuevo en el cual estará la nueva fecha de emisión, mientras si es el emitido por Conadis, la persona con discapacidad portadora deberá solicitar el certificado de discapacidad en los establecimientos del MSP.
Ese documento será el habilitante suficiente para acceder a los beneficios de ley hasta que se realicen los cambios antes mencionados y se recalifique con los nuevos parámetros de valoración de discapacidad.