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Se declara la constitucionalidad parcial del decreto de estado de excepción derogado

La Corte Constitucional analizó el documento pese a que fue reemplazado el nuevo decreto ya ha sido avocado a conocimiento.

Se declara la constitucionalidad parcial del decreto de estado de excepción derogado
Se declara la constitucionalidad parcial del decreto de estado de excepción derogadoRené Fraga / EXTRA

La noche de este miércoles 22 de junio, la Corte Constitucional del Ecuador declaró la constitucionalidad parcial del primer Decreto Ejecutivo (455) relacionado con la declaratoria del estado de excepción por grave conmoción en tres provincias tras el inicio de las protestas indígenas.

El organismo determinó que el “estado de excepción, fundamentado en la causal de grave conmoción interna, tiene como elemento una considerable alarma social, tal elemento ha sido verificado por esta Corte”.

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Sin embargo, declara la inconstitucionalidad de dos articulados de los 17 que contiene el Decreto. El primero está relacionado el control de personas extranjeras en actos violentos por parte de los miembros de la fuerza del orden durante las manifestaciones. El segundo sobre la frase “a la inviolabilidad del domicilio” del artículo 16, porque no se justificó la suspensión de dicho derecho.

Por otro lado, la Corte Constitucional exige a la policía nacional y a las Fuerzas Armadas el cumplimiento de sus deberes de prevenir y proteger la integridad y derechos de los periodistas y medios de comunicación, de los organismos e instituciones de asistencia humanitaria, así como el derecho a la protesta pacífica de la ciudadanía en general.

Y por último el órgano constitucional llama la atención a la Presidencia de la República por el manejo inadecuado de las versiones del Decreto Ejecutivo 455 y pide que “en el futuro debe darse una oportuna y cuidadosa publicidad del decreto ejecutivo que expida un estado de excepción”.

En en las consideraciones finales el pleno determina que a pesar de qué el decreto ejecutivo 455 fue derogado, el control se realiza dentro de las competencias constitucionales y legales. Las resoluciones del dictamen deben ser consideradas por el presidente de la República para posteriores declaraciones de estado de excepción.

La Corte informó que este miércoles recibieron formalmente el decreto 459 que contempla el nuevo y vigente estado de excepción en seis provincias por las protestas que se desarrollan hace 10 días en el país.