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Ecuador: Gobierno actualiza precios de combustibles con incremento del IVA

Desde el 1 de abril de 2024 el costo del cilindro de gas doméstico subirá 0,5 más 

La Gasolina súper baja 9 centavos respecto al mes pasado.
Desde el 1 de abril el precio de los combustibles aumentará por el incremento del IVACanva

El presidente Daniel Noboa firmó el 29 de marzo el Decreto Ejecutivo 215 para reformar el Reglamento Sustitutivo para la Regulación de Precios de los Derivados de los Hidrocarburos, que fue expedido en agosto de 2005. 

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El Gobierno tomó esta decisión debido a que con el incremento del Impuesto al Valor Agregado (lVA), del 12% al 15%, "es necesario actualizar los precios de los combustibles y del Gas Licuado de Petróleo (GLP)".

Con el nuevo IVA del 15%, así quedarán los valores de los combustibles, ejemplificó el Gobierno:

EXTRA

Un automóvil que se llena con 10 galones de gasolina Extra pagará 0,65 centavos más para llenar todo el tanque. Mientras que una camioneta que se llena con 20 galones, ahora pagará 1,30 centavos más para llenar todo el tanque. 

DIÉSEL

Una camioneta que se llena con 20 galones de diésel tendrá que pagar 0,94 centavos más. Es decir, menos de 1 dólar.

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En cambio, un camión de 18 toneladas que se llena con 52 galones de diésel tendrá que pagar 2,40 centavos más.

GLP

Con el incremento del IVA, el cilindro de gas doméstico se incrementará en 0,5 centavos en el depósito. En el caso del gas vehicular y agrícola, con el incremento del IVA, el cilindro incrementará en 0,15 centavos.

Según el Gobierno, "no se han eliminado los subsidios, únicamente se ha regularizado el precio considerando el nuevo IVA del 15%". 

El Ejecutivo asegura que así garantiza el menor impacto a la ciudadanía y evita que el cambio de IVA sea mal aplicado y afecte a los consumidores.

En la disposición final segunda del Decreto, se establece que el Servicio de Rentas Internas (SRI) estará encargado de controlar la aplicación del Decreto y garantizar el normal recaudo del impuesto al valor agregado, para su asignación a las arcas estatales.

El presente Decreto entrará en vigencia desde las 00:00 del 1 de abril de 2024, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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