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Horario toque de queda en Quito para este jueves 15 de febrero

El presidente de la República, Daniel Noboa, autorizó la semaforización por cantones desde el pasado 8 de enero

militares toque de queda para quito
Ciudadano aprehendido por no respetar el toque de quedaCortesía

Luego del estado de excepción decretado el 8 de enero del 2024 como una medida que busca garantizar la seguridad de los ciudadanos en medio de una ola de violencia por la que atraviesa el país, en varios cantones se está aplicando el toque de queda.

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Inicialmente se fijó el horario de esta medida de 23:00 a 05:00, pero para lograr una reactivación económica, el presidente Daniel Noboa ordenó la semaforización, mientras las fuerzas de seguridad continúan realizando operativos en varias zonas del país.

La semaforización fue una actualización en la que se consideró las diferentes situaciones de seguridad en distintos sectores del país. A partir del 23 de enero del 2024, se comenzó a aplicar diferentes horarios por cantón.

Miliares realizan operativos en Quito por el toque de queda.
Miliares realizan operativos en Quito por el toque de queda.GUSTAVO GUAMAN

Quito es uno de los cantones considerados de Alto Riesgo,  lo que implica una restricción de la libertad de tránsito todos los días desde las 00:00 hasta las 05:00.

Con excepciones de los siguientes sectores:

  1. Servicios de salud.
  2. Seguridad y fuerza pública.
  3. Servicios de emergencia vial.
  4. Servidores públicos o personal de contratistas de entidades que se acrediten que deben movilizarse para asegurar el trabajo de servicios públicos.
  5. Integrantes de una cadena logística de empresas cuyas facilidades de producción operen durante la noche o en turnos rotativos (deberán demostrar que pertenecer a una empresa).
  6. Personas que deben trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario de toque de queda.
  7. Abogados, funcionarios de la Corte Constitucional y servidores públicos de la Función Judicial (deben acreditar la necesidad de acudir a la diligencia judicial).
  8. Trabajadores de medios de comunicación social (deben acreditar la necesidad).

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