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Horario toque de queda en Quito de este lunes 18 de marzo

La restricción a la movilidad sigue vigente en medio de la aplicación del estado de excepción decretado por Daniel Noboa

La Carolina - Apuñalado - Quito
En el parque de La Carolina, los uniformados intensificaron los operativos de control.GUSTAVO GUAMAN

Posterior al estado de excepción decretado el pasado 8 de enero como una medida que busca salvaguardar a los ciudadanos, en medio de una ola de violencia por la que el país está atravesando, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, aprobó la semaforización por cantones.

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Desde el inicio se fijó el horario del toque de queda a las 23:00 hasta las 05:00, pero para tener una reactivación económica, el presidente Noboa autorizó la semaforización del toque de queda, mientras tanto las fuerzas del orden público siguen realizando los operativos pertinentes.

La semaforización fue una actualización que considero las diversas situaciones de seguridad de diferentes sectores del país. Desde el 23 de enero, se empezó a aplicar diferentes horarios por cantón.

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Pichincha (incluyendo a Quito) es uno de los cantones considerados como de Alto Riesgo lo que implica una restricción de la libertad de tránsito todos los días desde las 00:00 hasta las 05:00.

Policías y militares, en las calles de Quito.
Policías y militares, en las calles de Quito.Gustavo Guamán

Además que el jueves 7 de marzo, el jefe de estado firmó la ampliación del estado de excepción, que está vigente desde el pasado 8 de enero de 2024, es decir que el toque de queda finalizará el 8 de abril de 2024 con la semaforización establecida previamente por el gobierno.

Las excepciones a la restricción de movilización incluyen los siguientes sectores

  1. Servicios de salud
  2. Seguridad y fuerza pública
  3. Servicios de emergencia vial
  4. Servidores públicos o personal de contratistas de entidades que se acrediten que deben movilizarse para asegurar el trabajo de servicios públicos
  5. Integrantes de una cadena logística de empresas cuyas facilidades de producción operen durante la noche o en turnos rotativos (deberán demostrar que pertenecer a una empresa)
  6. Personas que deben trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario de toque de queda
  7. Abogados, funcionarios de la Corte Constitucional y servidores públicos de la Función Judicial (deben acreditar la necesidad de acudir a la diligencia judicial)
  8. Trabajadores de medios de comunicación social (deben acreditar la necesidad)

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