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Samborondón aprueba ordenanza contra el COVID-19

El Concejo Cantonal espera promover medidas de prevención para evitar la propagación del coronavirus a través de conductas sociales.

Operativos
El Municipio de Samborondón anunció que intensificará los operativos.Cortesía

El Concejo Cantonal de Samborondón aprobó en primer debate y por unanimidad la ordenanza para el cuidado ciudadano y prevención del COVID-19 en el cantón guayasense. Entrará en vigencia desde el 12 de septiembre, cuando finalice el estado de excepción.

El objetivo es promover medidas de prevención para evitar la propagación del coronavirus a través de conductas sociales que fomenten la corresponsabilidad ciudadana.

En el documento se estipula que queda prohibido abrir bares, discotecas, prostíbulos y similares; realizar espectáculos públicos como: conciertos, ferias y similares; y eventos de concentración masiva en la vía pública como: procesiones, maratones, desfiles y similares.

El alcalde Juan José Yúnez indicó que es de carácter obligatorio que los locales comerciales funcionen máximo con el 75 % de aforo, procuren el distanciamiento social mínimo requerido, el horario de atención será únicamente de 07:00 a 00:00 y deben hacer cumplir obligatoriamente las medidas de bioseguridad como: uso de mascarilla, distanciamiento social, desinfección a la entrada a cada local comercial.

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Las áreas sociales, canchas, academias deportivas privadas y parques privados serán habilitadas con la aprobación de la Dirección de Riesgos del Municipio de Samborondón.

Para el uso de canchas, parques y áreas públicas municipales, se observarán las disposiciones que emita la dirección, y el horario de apertura será de 10:00 a 17:00.

Gimnasios y centros de entrenamiento deberán atenerse a las autorizaciones, horarios, protocolos establecidos en el plan piloto y los eventos deportivos que no estén prohibidos, se podrán realizar en el cantón siempre que cumplan con la aprobación por escrito de la Dirección de Riesgos.

Se mantiene como una medida obligatoria el uso de mascarilla a todo ciudadano que transite por la vía pública. El cumplimiento de esta ordenanza corresponderá a los comisarios municipales, Policía Municipal y Policía Nacional.