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Semaforización toque de queda: así serán las restricciones a la movilidad por cantón

En 160 cantones se levanta la restricción. El anuncio del Presidente Daniel Noboa se aplica a partir de este 23 de enero

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El nuevo horario de toque de queda en varios sectores será desde las 00:00 hasta las 05:00Miguel Párraga / EXTRA

El Gobierno Nacional publicó este 23 de enero de 2024 el decreto ejecutivo con el que modifica el decreto ejecutivo N° 110, en el que dispuso toque de queda a nivel nacional, desde las 23:00 hasta las 05:00. 

(Te invitamos a leer: Horario toque de queda en Quito hoy martes 23 de enero)

Con esta nueva disposición, la administración de Daniel Noboa da paso a la semaforización, para que el toque de queda se ejecute según la situación de seguridad de cada cantón. Esto en medio del conflicto armado interno.

El toque de queda rigue en Guayaquil.
El toque de queda rigue en Guayaquil.Archivo / EXTRA

Esmeraldas, Guayaquil, Durán, Quevedo, Vinces, Manta y Quito conforman los 38 cantones que han sido catalogados por el Gobierno Nacional en nivel alto, en referencia al tiempo en el que regirá la medida de movilidad. Estos cantones tendrán restricción de libertad tránsito o toque de queda desde las 24:00 hasta las 05:00, a partir del 23 de enero

Cuenca, Atacames, Tena y Cayambe forman parte de la lista de los 23 cantones que están en nivel medio, y en los que el toque de queda iniciará desde las 02:00 hasta las 05:00.Cantones como Guaranda, Santa Cruz y San Cristóbal son parte de las 160 localidades que el Gobierno han categorizado en nivel bajo. En este nivel de semaforización, se levanta la restricción de libertad de tránsito o toque de queda. El estado de excepción en todas las categorías se mantiene..

  • ¿Quiénes pueden movilizarse sin restricción?

- Servicios de salud de la red pública y red privada

- Seguridad y fuerza pública, seguridad privada complementaria

- Servicios de gestión de riesgos y atención de emergencias

- Servicios de emergencia vial

- Servidores públicos de la Presidencia, Vicepresidencia; del Ministerio de Gobierno, Defensa e Interior; de la Secretaría de Seguridad Pública y del Estado; del Snai, Asamblea Nacional y cuerpo diplomático.

- Servidores públicos o personal de contratista de entidad públicas

- Personas que formen parte de la cadena logística, incluido el sector exportador

- Prestadores de servicios de transporte y logística aeroportuaria

- Abogados que acrediten la necesidad de acudir a una diligencia judicial

- Trabajadores de medios de comunicación

- Trabajadores de sectores estratégicos y servicios públicos

- Personas que abastezca una cadena productiva

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