Exclusivo
Política

Asamblea Constituyente: Noboa oficializa llamado con pregunta en la Consulta Popular
El Presidente, Daniel Noboa, incluirá la pregunta de la Asamblea Constituyente en la Consulta Popular, pero no la enviará a la Corte Constitucional
El Presidente de Ecuador, Daniel Noboa, oficializó este 19 de septiembre de 2025 su llamado a una Asamblea Constituyente en Ecuador. Lo hizo a través del decreto ejecutivo 148 en el que convoca una consulta popular para que, en las urnas, se decida si se llama a redactar una nueva Constitución para el país.
(Te invitamos a leer: ¿Qué es la Asamblea Constituyente que propone Daniel Noboa?)
Esta pregunta se incluirá a la papeleta para la Consulta Popular programada para diciembre de 2025. Aún no hay claridad para el tratamiento de dicha solicitud, ya que esta no pasaría por la Corte Constitucional.
El decreto ejecutivo de Noboa, emitido Latacunga, argumenta que la situación actual de Ecuador, marcada por una crisis integral, no puede resolverse con los mecanismos ordinarios de reforma constitucional y señala que la crisis se manifiesta en varios frentes.
Inseguridad y crisis institucional
- Ecuador enfrenta una crisis de seguridad sin precedentes, con una tasa de homicidios de aproximadamente 47.25 por cada 100.000 habitantes en 2023, lo que lo posiciona como uno de los países más violentos de la región.
- La Constitución de 2008 ha fallado en su papel de rehabilitación en las cárceles. Desde 2019, se han registrado 14 masacres carcelarias con más de 600 reclusos asesinados, lo que ha convertido a los centros penitenciarios en feudos de bandas criminales.
- Las mafias del crimen organizado han desafiado al Estado con motines carcelarios, asesinatos de civiles y policías, e incluso la toma de un canal de televisión el 9 de enero de 2024. Estos hechos llevaron al Ejecutivo a declarar un "conflicto armado interno".
- A pesar del esfuerzo de las Fuerzas Armadas y la Policía, su labor se ve debilitada por la corrupción en el sistema judicial y un marco legal que favorece la impunidad de los criminales.
Pobreza y desigualdad
- A pesar del extenso catálogo de derechos en la Constitución de 2008, persisten altos niveles de pobreza y desigualdad.
- En junio de 2023, la pobreza por ingresos alcanzó el 27% a nivel nacional, y cerca del 46% en zonas rurales. La inversión extranjera directa es persistentemente baja, lo que, según el decreto, muestra un entorno poco atractivo para la productividad y el empleo.
Gobierno y participación ciudadana
- La disolución de la Asamblea Nacional y la destitución del Presidente del CPCCS en 2023, así como los conflictos entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, demuestran la disfuncionalidad del sistema actual de contrapesos.
- La confianza en las instituciones representativas está en mínimos históricos, lo que demanda mecanismos más efectivos de participación y control social. El gobierno argumenta que un proceso constituyente participativo es la única forma de reconstruir esa confianza.

Detalles de la propuesta de Asamblea Constituyente
La convocatoria a la consulta popular se basa en el Artículo 444 de la Constitución, que establece que una asamblea constituyente puede ser convocada por el Presidente de la República. La pregunta en la papeleta será:
“¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?"
La propuesta adjunta un estatuto que detalla la composición y funcionamiento de la asamblea:
- La asamblea duraría 180 días, con una posible prórroga de hasta 60 días.
- Estaría integrada por 80 asambleístas constituyentes y sus respectivos suplentes.
Los escaños se distribuirían de la siguiente manera:
- 52 por circunscripciones provinciales, 22 por circunscripción nacional y 6 por circunscripciones especiales del exterior.
- El decreto señala que el poder de convocar la asamblea recae en el pueblo, que tendrá la decisión final de aprobar o no el cambio constitucional.
¿Quieres acceder a todo el contenido de calidad sin límites? ¡SUSCRÍBETE AQUÍ!