Reformas al Sercop: Cambios esenciales en compras y sanciones desde el 10 de abril
El Decreto 356 redefine procesos, endurece sanciones y establece nuevos controles en el sistema de compras del Estado. Conoce más

Daniel Noboa firmó decretos en torno a la contratación pública.
El presidente Daniel Noboa introdujo una serie de modificaciones al sistema de contratación pública mediante el Decreto Ejecutivo 356, vigente desde el 10 de abril de 2026. La reforma impacta directamente en el funcionamiento del Servicio Nacional de Contratación Pública, así como en proveedores y entidades estatales.
El objetivo central de estos cambios es actualizar las normas que rigen las compras públicas, incorporando ajustes en los procedimientos, mecanismos de control y régimen de sanciones.
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Entre las modificaciones más relevantes se encuentra la redefinición de conceptos clave dentro del reglamento. Por ejemplo, el artículo 37 precisa el alcance del “listado de catálogo de bienes”, mientras que el artículo 8 establece que los procesos deberán sustentarse en criterios técnicos y financieros más claros.
Esto apunta a que las ofertas presentadas por proveedores se alineen de forma más precisa con las necesidades del Estado, reduciendo ambigüedades en los procesos.
Uso de catálogos y procesos más estructurados
El artículo 9 también fue reformado para optimizar el uso de catálogos electrónicos, una herramienta clave en la adquisición de bienes y servicios. Con este ajuste, se busca ordenar la selección de proveedores y generar procesos más organizados y transparentes.

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Uno de los cambios más significativos es la inclusión del Banco Central del Ecuador dentro de un régimen especial de contratación.
Esto le permitirá gestionar procesos relacionados con reservas, inversiones y servicios técnicos bajo condiciones particulares. En ciertos casos, estos procedimientos no serán públicos cuando exista riesgo para la gestión estatal, aunque el decreto establece la obligación de mantener controles internos.
Transparencia con límites
A pesar de la confidencialidad en algunos procesos, la normativa exige que las resoluciones de contratación directa sean publicadas en el portal oficial dentro de plazos definidos.
Con ello, el Gobierno busca mantener trazabilidad en las decisiones sin comprometer operaciones consideradas sensibles.
El decreto también introduce mayores exigencias para la contratación internacional. Ahora, las entidades deberán justificar técnicamente la necesidad de recurrir a proveedores extranjeros, lo que reduce la discrecionalidad y prioriza el mercado local.
Nuevo esquema de sanciones
Otro eje clave de la reforma es la reorganización del sistema sancionatorio dentro del SERCOP. Las infracciones ahora se clasifican en tres niveles:
- Leves: suspensión de hasta 60 días
- Graves: hasta 120 días
- Muy graves: hasta 180 días, o 360 días en caso de reincidencia
Estas sanciones se aplican considerando tanto la gravedad de la falta como los montos económicos involucrados.
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Más control técnico antes de sancionar
Como parte del nuevo esquema, antes de imponer una sanción será obligatorio contar con un informe técnico que demuestre negligencia o incumplimiento.
Sin este respaldo, no se podrá avanzar en procesos disciplinarios, lo que introduce un filtro adicional de control institucional.
El decreto también elimina disposiciones que ralentizaban los procedimientos administrativos. Entre ellas, se suprime la relevancia de la “primera notificación” como punto determinante, lo que permitirá agilizar tiempos y decisiones dentro del sistema.