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El dirigente indígena Leonidas Iza.archivo

TCE decide sobre denuncia electoral a Leonidas Iza: ¿qué se resolvió?

Fallo del TCE ordena repetir notificaciones en la denuncia contra Leonidas Iza por un defecto formal. CNE tiene plazo para precisar domicilios

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE), a través del juez Patricio Maldonado Benítez, resolvió sobre la denuncia que el Consejo Nacional Electoral (CNE) presentó contra el expresidente de la Conaie y excandidato presidencial Leonidas Iza por presuntas irregularidades en las cuentas de campaña vinculadas a la consulta popular del Yasuní de 2023. La decisión no entró al fondo del asunto, sino que puso el foco en un defecto procesal que obliga a reiniciar la etapa de notificaciones.

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¿Qué alegó el CNE y contra quién se presentó la denuncia?

A mediados de octubre de 2025, el CNE, presidido por Diana Atamaint, formuló una denuncia electoral que apunta a una posible infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 281 del Código de la Democracia, relacionada con las cuentas de campaña de la consulta del Yasuní. Además de Leonidas Iza, el expediente menciona a otras dos dirigentes vinculadas al manejo de la campaña:

  • Zenaida Anabel Yascacama Gayas, responsable del manejo económico de la campaña
  • Patricia Estefanía Lalvay Naula, jefa de campaña de la Conaie para la consulta de 2023

¿Por qué el TCE retrotrajo el proceso?

El fallo del juez Maldonado Benítez no resolvió la controversia sobre las cuentas de campaña; en cambio, declaró que la etapa de citaciones del proceso adoleció de un error formal que afecta el derecho a la defensa. En palabras del tribunal, “no existe en el expediente certeza real, verificable ni debidamente acreditada de que (los denunciados) formen parte de la Conaie o mantengan vínculos laborales, contractuales o de representación".

El dirigente Leonidas Iza.Cortesía

Esa falta de acreditación, según la sentencia, impide dar por válidas las boletas de notificación practicadas, porque el domicilio señalado por la parte denunciante no puede considerarse razonablemente idóneo para asegurar que los citados conocieran efectivamente la existencia del proceso.

¿Qué implica retrotraer la causa?

Retrotraer la causa hasta la diligencia de citación significa que el procedimiento vuelve a la fase donde se produjo la nulidad. En la práctica, el TCE ordena que se realicen de nuevo las notificaciones —esta vez con direcciones verificadas y diligencia— para respetar los parámetros constitucionales y garantizar el ejercicio pleno del derecho a la defensa de las personas denunciadas.

Además, el juez incluyó un exhorto expreso al CNE: en futuros actos de proposición, debe “señalar con precisión y diligencia las direcciones idóneas para practicar las citaciones correspondientes”.

¿Qué plazo tiene el CNE para actuar?

La sentencia establece un plazo breve: el CNE, bajo la presidencia de Diana Atamaint, deberá, en el término de dos días, determinar con exactitud el lugar de citación para retomar el proceso. Ese acto de precisión en la indicación de domicilios pretende evitar nuevos vicios procesales que puedan invalidar actuaciones posteriores.

¿Qué sigue y qué queda pendiente?

Con la causa devuelta a la etapa de notificación, el proceso administrativo-electoral quedará abierto nuevamente una vez que se practiquen correctamente las citaciones. Solo después de que las partes sean notificadas válidamente podrá el TCE entrar al análisis material de la denuncia sobre las cuentas de campaña del Yasuní 2023.

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