Pico y Placa en Quito: Los dígitos y horarios para este martes 14 de abril
Revisa si tu vehículo puede circular este martes 14 de abril en la capital y conoce los nuevos valores de las multas con el SBU de 2026

Conoce cómo rige el pico y placa en Quito.
La medida de restricción vehicular Pico y Placa opera con total normalidad este martes 14 de abril en todo el perímetro urbano de Quito. La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) recuerda a los ciudadanos que esta normativa busca mejorar la fluidez del tráfico y reducir la emisión de gases contaminantes durante las horas de mayor congestión.
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De acuerdo con el calendario de rotación vigente, los vehículos y motocicletas que NO pueden circular este martes son aquellos cuyo último dígito de placa termina en: 3 y 4
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En el caso de las motocicletas, se toma como referencia el último dígito numérico de la placa. Se recomienda a los conductores con estas terminaciones planificar sus traslados fuera de los horarios de restricción o utilizar el Metro de Quito, que se mantiene como la alternativa más rápida para cruzar la ciudad.
Horarios de aplicación de la medida
La restricción se divide en dos bloques específicos durante la jornada:
- Bloque matutino: Desde las 06:00 hasta las 09:30.
- Bloque vespertino: Desde las 16:00 hasta las 20:00.
Fuera de estos rangos (de 09:31 a 15:59 y después de las 20:01), la circulación es libre para todos los automotores. Recuerde que el Pico y Placa no se aplica los fines de semana ni en días feriados oficiales.
Multas y sanciones actualizadas (2026)
Debido al incremento del Salario Básico Unificado (SBU) a $482 para el año 2026, las sanciones económicas por infringir el Pico y Placa se han ajustado:
- Primera infracción: $72,30 (15% del SBU).
- Segunda infracción: $144,60 (30% del SBU).
- Tercera infracción en adelante: $241,00 (50% del SBU).
Además de la multa pecuniaria, los vehículos que irrespeten la normativa serán trasladados a los Centros de Retención Vehicular (CRV) de la municipalidad, lo que implica costos adicionales por remolque y guardianía.
Se mantienen exentos de la medida los vehículos conducidos por personas de la tercera edad, personas con discapacidad (con carné oficial), vehículos 100% eléctricos y unidades de emergencia o seguridad pública.