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Capturan a 2 ‘dulces sueños’ en delito flagrante: retenían 2 víctimas escopolaminadas
Una de sus previas víctimas alertó a la Policía de la presencia de las ladronas. Hallaron escopolamina entre sus pertenencias
Dos mujeres fueron aprehendidas en el momento que asaltaban a dos hombres, a quienes habían drogado con escopolamina y mantenían sin conocimiento al interior de un vehículo mientras vaciaban sus cuentas bancarias.
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Las detenciones se dieron la madrugada del 17 de abril en las inmediaciones de la terminal terrestre de Riobamba, provincia de Chimborazo, luego que un ciudadano las identificara como las responsables de haberlo asaltado bajo la modalidad ‘dulces sueños’ en días anteriores.
El hombre alertó al ECU-911, que despachó agentes policiales a la zona. Las delincuentes, identificadas como Geoconda Jaqueline D. Y. y Natalia del Rocío C. A., se encontraban a bordo de un automóvil junto a otras dos personas, pero al notar la presencia de los policías se bajaron y emprendieron la huida, aunque fueron alcanzadas tras una breve persecución.
Al interior del automotor estaban dos hombres sin conciencia, los cuales habían sido drogados con el fin de robarles sus pertenencias, las cuales fueron encontradas en posesión de las mujeres, que tenían entre sus efectos personales tres teléfonos celulares sustraídos y una funda con una sustancia blanquecina granulada (escopolamina).
¿Cómo operaban las asaltantes 'dulces sueños'?

Una vez que recobraron el conocimiento, las víctimas relataron que estaban consumiendo alcohol en una licorera al norte de la ciudad cuando las dos mujeres se les acercaron para invitarles una cerveza, tras lo cual perdieron el conocimiento.
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Entre las pruebas del delito presentadas por el fiscal del caso estaban: la denuncia y versiones de las víctimas, el testimonio de los agentes aprehensores, el análisis toxicológico practicado a los afectados. Las dos detenidas serán juzgadas por el delito de robo
El artículo 189 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) especifica que cuando crimen se ejecuta “utilizando sustancias que afecten la capacidad volitiva, cognitiva y motriz, con el fin de someter a la víctima, de dejarla en estado de somnolencia, inconsciencia, indefensión o para obligarla a ejecutar actos que con conciencia y voluntad no los habría ejecutado, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años”.
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