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Créditos educativos en Ecuador: medidas de la Asamblea ante la objeción del Ejecutivo
La Asamblea aceptó la objeción del Ejecutivo al Código Ingenios y definió garantías y plazos para los convenios de pago
El Pleno de la Asamblea Nacional decidió aceptar la objeción realizada por el presidente Daniel Noboa respecto a la tasa de interés establecida para la refinanciación de créditos educativos. Con esta decisión, la tasa quedó fijada en 7,50%.
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Esta modificación forma parte de las reformas al Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación, conocido como Código Ingenios, aprobado durante la legislatura presidida por la asambleísta Viviana Veloz.
Cambios en la tasa de interés y autoridad responsable
En la versión original del proyecto, la tasa de interés para estos créditos estaba establecida en un 5,49%, y el organismo encargado de fijarla sería el Banco Central del Ecuador (BCE). Sin embargo, el Ejecutivo vetó parcialmente esta disposición, proponiendo que sea la Junta de Regulación Monetaria y Financiera la entidad que determine la tasa, además de fijar el interés en 7,50%.
El debate sobre esta objeción se llevó a cabo el 18 de junio de 2025, y tras el análisis del informe de la Comisión de Educación, la Asamblea recomendó aceptar el veto presidencial.
Voces a favor del allanamiento al veto
Cecilia Baltazar, presidenta de la Comisión de Educación y representante de Pachakutik, manifestó que aceptar la objeción es esencial para garantizar el acceso a la educación superior. “Es fundamental para dar la oportunidad a los profesionales que desean contribuir al desarrollo del país”, señaló.
Críticas desde la bancada correísta

Por otro lado, la bancada de Revolución Ciudadana expresó su desacuerdo con la decisión. La asambleísta Jahiren Noriega calificó la medida como una traición a los jóvenes y criticó que se favorezca a los sectores poderosos mientras se incrementa la tasa de interés para los estudiantes. En sus redes sociales, destacó la difícil situación de muchas familias con deudas impagables por créditos educativos.
Propuesta del régimen especial para deudas educativas
La reforma incluye un régimen especial de facilidades de pago para las deudas en cartera vencida, así como la gestión del cobro de sanciones por incumplimientos contractuales relacionados con créditos, becas y ayudas económicas.
Para acogerse a este régimen, los deudores deberán ser notificados con el título de crédito o la orden de cobro, tras lo cual podrán solicitar facilidades de pago presentando una garantía personal o real, según el monto adeudado.
Plazos y garantías según monto de la deuda
El plazo para establecer convenios de pago varía según la deuda: para montos entre 0,01 y 20.000 dólares, se requiere garantía personal y el convenio podrá extenderse hasta 18 meses. Para deudas superiores a 55.000,01 dólares, el convenio podrá llegar hasta los 240 meses, conforme a la tabla presentada por el Ejecutivo en el veto.
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