Actualidad
11 derechos protegen la vida del turista de aventura
No es la primera vez que la práctica de deportes extremos termina en desgracia. ¿Qué puede exigir el turista a la agencia que presta el servicio?

Dos personas practicando Canopy.
El policía de 26 años que murió practicando Bunjee Jumping en baños es un final por el que ningún turista quiere pasar.
Desde el 2014 Ecuador cuenta con un Reglamento de Operación Turística de Aventura. Si gusta de este tipo de deportes, revise a continuación los derechos que el Art. 109 de este reglamento, otorga a los turistas.
1. Tener información clara y precisa del precio, impuestos, y demás tasas aplicables que paga a cambio de la operación de la actividad de aventura, así como de los componentes directos o complementarios que esta involucra, previo a la contratación de la misma con la agencia.
2. Recibir el servicio, conforme lo contratado, pagado y promocionado por la agencia de viajes operadora o dual.
3. Solicitar el original de la factura de acuerdo a las modalidades turísticas de aventura contratadas.
4. Recibir un ejemplar firmado y llenado del formulario de “Descargo de Responsabilidades Asunción de Riesgos” previo a la realización de modalidades turísticas de aventura.
5. Exigir al guía o instructor o agencia de viajes operadora o dual que se respete lo estipulado en el presente Acuerdo.
6. Recibir la “Charla Instructiva Técnica y de Seguridad” por parte del guía o instructor.
7. Exigir al guía o instructor se respeten las normas usuales de convivencia, moralidad, decencia y orden público durante la duración de las modalidades turísticas de aventura.
8. Llevar su propio equipo para la realización de modalidades de aventura de considerarlo estrictamente necesario siempre y cuando sea el adecuado para la modalidad, cumpla con estándares y normas internacionales y sea aprobado por el guía o instructor.
9. Recibir de la agencia de viajes operadora o dual equipos, equipamiento, accesorios e infraestructura en buen estado de funcionamiento y mantenimiento para la realización de modalidades de aventura, conforme lo establecido en este Acuerdo.
10. Comunicar a la autoridad competente cualquier alteración del orden público, comisión de delitos por parte del guía o instructor o la propia agencia de viajes operadora o dual.
11. Denunciar en el Ministerio de Turismo si la agencia de viajes operadora o dual o el guía o instructor realizan modalidades de aventura sin respetar el presente Acuerdo.