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Código de Salud, una prueba de fuego

Especialistas médicos y sociales hacen un análisis de esta ley. Cuatro puntos polémicos marcaron la agenda que tomó ocho años.

CÓDIGO SALUD
La atención de un aborto fue uno de los temas polémicos.EXTRA

La controversia por el Código de la Salud no termina, pese a su aprobación. Hay artículos que aún generan debate por abarcar temas como los métodos anticonceptivos, la atención del aborto, la maternidad asistida y el uso medicinal del cannabis.

Virginia Gómez de la Torre, médico defensora de los derechos femeninos, explica que se pelearon cambios durante ocho años. Uno, por ejemplo, es en el artículo 195: “La Autoridad Sanitaria Nacional dictará las normas para garantizar la disponibilidad y acceso a métodos anticonceptivos de calidad, seguros y eficaces cuando las y los usuarios lo soliciten, incluyendo anticoncepción después de eventos obstétricos”.

Antes, este artículo tenía un párrafo que permitía que un médico se negara a entregar estos métodos. “Era algo engañoso y ambiguo”, según De la Torre. El actual Código exige que los prestadores de ese servicio no deben negarse, salvo por razones médicas.

Algo similar ocurría con el artículo 201: “Serán consideradas emergencias los abortos de cualquier tipo y por cualquier causa aparente, y todas las patologías que comprometan la salud materno fetal. Se prohíbe a los establecimientos prestadores de servicios de salud; y, a las y los profesionales de la salud negar la atención de estas emergencias (…)”.

"Lo que se quitó del Código fue un avance porque se protegió algo que ya es un derecho”.
Virginia Gómez de la Torre
defensora de los derechos de la mujer

Asimismo, en el proyecto previo se especificaba que una mujer puede ser atendida “respetando el derecho a la vida desde la concepción”. Según la especialista, eso inculpaba a la mujer. “Es como si ellas se autoindujeran el aborto”.

William Garzón, presidente de la Comisión de Salud, dice que por ningún motivo se está despenalizando el aborto. Pese a esto, la Conferencia Episcopal Ecuatoriana emitió un comunicado pidiendo que, entre otros, se derogue este artículo.

Maternidad subrogada

Ana María Vera, del colectivo Surkuna, aplaude la aprobación del Código. Además que para ella existen avances en los puntos expuestos por De la Torre y en otros.

Sin embargo, todavía quedan ciertos vacíos, precisa. Y estos podrían corregirse con el veto presidencial que haga –o no– el presidente Lenín Moreno.

A su criterio, un punto a completarse es de la reproducción humana asistida (artículo 196). “La maternidad subrogada estará permitida únicamente en los casos en los que existan circunstancias médicas que no permitan el embarazo en la mujer, se garantizará el derecho de los niños y niñas al armonioso desarrollo de su personalidad en el seno familiar”.

Vera considera que se tiene que profundizar en el análisis. “Es bastante complejo porque es un tema que abarca varias técnicas y complejas”.

"En el tema del cannabis medicinal se produjo un retroceso inmenso en derechos”Gabriel Buitrón
Ecuador Cannábico

Sebastián Palacios, asambleísta y jefe de la bancada de SUMA, detalla que es un artículo importante porque no se permiten los vientres de alquiler. “Se prohíben contraprestaciones económicas y realizarlos en niñas y adolescentes. Este artículo quiere evitar que mujeres sean explotadas a cambio de dinero”.

Contras y retrocesos

El Código ha dejado un sabor amargo a defensores del cannabis, sustancia cuyo uso medicinal fue aprobado. Gabriel Buitrón, de la organización social Ecuador Cannábico, cree que la promulgación de estos artículos es un retroceso.

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Uno de ellos es el 339: “Los establecimientos y servicios farmacéuticos autorizados por la Autoridad Sanitaria Nacional serán los únicos facultados para dispensar y vender medicamentos y productos naturales procesados de uso medicinal que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización”.

Según Buitrón, esto deja a un lado a los autocultivadores y artesanos de cannabis medicinal. “Se pasa a un margen de irregularidad e ilegalidad”.

Critica que sean solo los profesionales de salud los encargados de aprobar estos tratamientos como lo exige el artículo 338. “Se anula a los conocedores de la salud natural y ancestral, así como a los terapeutas”.

El Código es bastante amplio, pese a dejar algunos temas

Carlos Figueroa, miembro de la Federación Médica Ecuatoriana (FME), explica que el Código tiene un alcance sumamente amplio.

Según el profesional, la ley fue hecha para regular todas las actividades de salud, así como lo concerniente a esta. “Por ejemplo, se velará por el ejercicio de la medicina privada y pública, el trabajo de la Cruz Roja, entre otros”, precisa.

Figueroa dice que se dejó de lado algo muy importante: los recursos humanos. “Es necesario que se dicte una carrera sanitaria para que los profesionales en salud sigan perfeccionando su práctica inicial. Hablamos de actividades como las prácticas rurales, las residencias, servicios de especialización…”.