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El uso de drones en Ecuador está sujeto a nuevas restricciones./Freepik

Drones son prohibidos cerca de instituciones públicas de Ecuador: nueva normativa

La Dirección de Aviación Civil estableció reglas claras para proteger la privacidad ante el uso de drones

El uso de drones en Ecuador ahora está sujeto a nuevas restricciones que buscan garantizar el respeto a la privacidad y la seguridad de las personas. A partir de una resolución oficial, la operación de estos dispositivos no tripulados quedó limitada en varias zonas del país, especialmente en áreas de interés público y en situaciones que puedan afectar derechos personales.

Estas disposiciones forman parte de un marco normativo más estricto implementado por la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), que entró en vigor desde diciembre de 2024 y fue reafirmado en un Boletín de Seguridad Operacional

Áreas restringidas y situaciones prohibidas

El documento detalla situaciones en las que el uso de drones está completamente prohibido y otras en las que se aplican restricciones específicas. Una de las limitaciones más destacadas es la que impide el vuelo de estos dispositivos cerca de personas o propiedades privadas cuando exista una vulneración "demostrable y manifiesta" del derecho a la privacidad.

También se requiere autorización previa para operar drones durante eventos masivos al aire libre, como conciertos o actividades deportivas. Asimismo, se prohíbe su uso durante emergencias públicas, aunque el reglamento no especifica con claridad qué se entiende por este tipo de situaciones.

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Volar un dron no es permitido en algunas partes del Centro Histórico.cortesía

¿A qué se debe esta restricción?

Además de establecer zonas de exclusión aérea, la DGAC recordó que todas las operaciones con drones deben respetar lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. Esta ley prohíbe la captura, almacenamiento o difusión de imágenes, videos o cualquier tipo de información personal obtenida mediante drones sin el consentimiento expreso del titular, salvo en los casos previstos por la normativa.

De acuerdo con el boletín oficial, las instituciones públicas, universidades y gobiernos locales tienen la facultad de definir distancias de seguridad y establecer sus propias zonas restringidas. 

En ciertos casos, incluso se contempla la posibilidad de que los afectados tomen medidas para neutralizar los drones, siempre que ello se ajuste al marco legal. La DGAC advirtió que el incumplimiento de esta normativa podría constituir una infracción administrativa o incluso un delito, con las respectivas consecuencias legales para los responsables.

Responsabilidades para los operadores

La autoridad aeronáutica hizo un llamado a los operadores de drones a cumplir estrictamente con las disposiciones vigentes. Reiteró que la finalidad de esta regulación es proteger los derechos fundamentales de las personas, entre ellos, la intimidad, la privacidad y la seguridad de los datos personales.

El uso responsable de estos dispositivos es clave para evitar sanciones legales, estableciendo reglas claras sobre cómo y dónde pueden utilizarse los drones en el espacio aéreo nacional y así, preservar la confianza en esta tecnología, cada vez más utilizada en actividades recreativas, comerciales y de vigilancia.

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