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¡Datos ‘truchos’ los ‘excitan’!
La viralización de supuestas noticias de ‘última hora’ o ‘advertencias’ hacen que las redes sociales se encuentren abarrotadas de comunicación errónea. Algunas publicaciones generan pánico.

Este incidente en el centro Regional de Guayaquil fue real, pero sucedió en 2015.
Puerto principal. Martes 11 de junio de 2019. A las 17:00 en las principales vías que llevan hacia los centros de privación de libertad se comenzó a notar un movimiento inusual de policías...
Los patrulleros que circulaban velozmente, repletos de agentes, incluso sentados uno sobre otro.
Quienes observaban esas escenas empezaron también a sacar sus conclusiones... ¡los mensajes, a través de redes sociales, se ‘dispararon’!
Apenas habían pasado doce días desde la reyerta que dejó seis muertos en la antigua Penitenciaría del Litoral, conocida popularmente como ‘Peni’, y los emisores tomaron ese hecho como referencia para asumir que algo sucedía.
“Balacera en la Peni”, rezaba uno de los mensajes que se generó aquella tarde. Fue el primero de una serie de textos con información errónea que se produjo sobre mismo tema durante una semana.
¿Cuál era la noticia real? El amotinamiento no era en la antigua Penitenciaría, sino a medio kilómetro, en los pabellones de Máxima Seguridad de la cárcel Regional, en el kilómetro 17 de la vía a Daule.
Un grupo de internos se había tomado el área y tras retener a un grupo de comandos de la Policía acabó con la vida de William Humberto Poveda Salazar, alias Cubano quien, tras su muerte, fue decapitado.
Esa era la información verificada y confirmada por las autoridades. Sin embargo, eso no frenó la marea de noticias falsas.
Durante los siguientes días empezaron a circular supuestos vídeos del crimen, fotografías e incluso imágenes de nuevos amotinamientos, pero ninguno de estos hechos era auténtico, porque no correspondían al tiempo actual o eran de sucesos de otros países.
El motivo
Pero, ¿qué motiva a las personas a compartir tanta información falsa?
La sicóloga María José Castillo responde: “es por la endorfina, una sustancia cuya función es estimular la zona del cerebro que produce el placer (...), que es lo que siente la persona al pensar que por tener y propagar esa información es, tal vez, la más chévere, como suelen pensar”.
La especialista detalló que en la actualidad, la mayor parte de la sociedad prefiere informarse a través de redes sociales en lugar de leer un periódico o esperar a ver un noticiero. Por eso, precisa que de ahí parte el problema, porque no toda la información que circula es veraz.
“Una de las características esenciales del ser humano es la comunicación, pero cuando a la información que recibe le añade algo provoca ruido, que también se podría denominar rumor o chisme”, argumentó Castillo.
La sicóloga comentó que muchas de estas personas ‘inflan’ sus mensajes porque buscan sentirse importantes dentro de sus grupos sociales. “Quieren tener posicionamiento, que la gente los siga y lograr movimiento de masa. Es ahí que la endorfina hace su trabajo, porque les transmite placer”, acotó.
Para Castillo, también hay quienes por ingenuidad creen que la información que reciben es verdadera y la difunden como un acto humanitario, para advertir a otras personas de un supuesto riesgo.
En esta última semana, a través de cadenas de WhatsApp, ha circulado un mensaje en el que se advierte de un cargamento de arroz que supuestamente llegó desde Pakistán, contaminado de un virus. El texto ha sido acompañado de una imagen del producto.
Esa es una advertencia falsa que lleva más de dos años difundiéndose en diferentes países.
Último caso
El mismo día en el que asesinaron al Cubano hubo una pelea entre estudiantes de un colegio del cantón Junín, en Manabí.
La riña fue grabada por algunos compañeros, quienes al final, cuando uno de los involucrados queda aparentemente inconsciente, gritan que su rival lo había matado.
Pero el hecho no fue divulgado de inmediato, al parecer, por el temor de los otros colegiales, pero en esta última semana las imágenes llegaron a las redes sociales y se difundió como el crimen de un adolescente, cometido por un compañero de aula.
Tras la amplia difusión que daba por hecho la muerte del muchacho, el Ministerio de Educación tuvo que emitir un comunicado oficial, en el que desmentía el fallecimiento del estudiante, quien permanecía “con reposo médico” y se encontraba “estable”.
“Causan conmoción social”
La abogada Dennisse Santos sostiene que la información no corroborada causa “agravios en los últimos tiempos. Se pueden difundir datos falsos, como el pronóstico de un terremoto o lo últimamente que se ha visto con el incremento de la violencia en las cárceles. Buscan imágenes ajenas a los hechos para causar conmoción social”.
La jurista explica que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona ciertos tipos de difusión falsa, pero los de esta “forma específica no. Para que sea penada deben cumplirse ciertas características. Lamentablemente, para esta información enviada en su mayoría por WhatsApp no existe sanción”.
Por eso, Santos cree que “hace falta tecnología en Ecuador, que permita conocer quién empezó a propagar esta información, porque de existir una reforma que permita sancionar estos hechos, ¿cómo daremos con el responsable? No se puede meter a todos a la cárcel. Necesitamos las herramientas adecuadas”.
Con ‘Cana’
1) Información restringida: El artículo 180 del COIP establece prisión de uno a tres años para la persona que difunda información de circulación restringida, como investigaciones previas o relacionadas a niños.
2) Pánico económico: Quien difunda noticias falsas que causen daño a la economía nacional para alterar precios de bienes o servicios pagará de cinco a siete años de prisión, según el artículo 307.
3) Pánico financiero: El artículo 322 del COIP señala que divulgar noticias falsas que causen alarma y provoquen retiro masivo de dinero del sistema financiero es penado con cárcel de cinco a siete años.
4) Sabotaje: Quien con el fin de trastornar el entorno económico o el orden público, genere pánico, será penado con privación de libertad de cinco a diez años, según el artículo 345 del COIP.
5) Terrorismo: La persona que provoque o mantenga en estado de terror a la población será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años, precisa el artículo 366.
6) Emergencias falsas: Quien llame al ECU 911 para alertar de una emergencia falsa irá a prisión de quince a treinta días, por haber cometido una contravención de cuarta clase, como indica el artículo 396.