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Datos imprescindibles sobre las herencias: que no te metan mano

Acorde a la normativa ecuatoriana, el "robo de herencias" no está tipificado como delito, pero puede existir viveza criolla entre familiares y hermanos donde se falsifiquen firmas o documentos.

En Ecuador, no en todos los casos, hay conflicto sobre las herencias.
En Ecuador, no en todos los casos, hay conflicto sobre las herencias.Pixabay

La herencia, según nuestro Código Civil (ley que regula esta figura del derecho), forma parte del concepto de sucesión, que es el paso de todo el patrimonio de una persona difunta a sus herederos o legatarios, pero algunos quieren meter las 'mañosas' donde no les corresponde.

Pero hay que tener claro que existen dos tipos de sucesión. Herencia: cuando se sucede al difunto a título universal; es decir, en la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles; y legado: cuando se sucede a título singular.

Annye Orellana, Thais Torres y Emily Bravo, de Bratore Abogados, explican a EXTRA  que de acuerdo a la normativa actual, se puede suceder por testamento; lo cual se lo denomina “sucesión testamentaria” o se puede suceder con base en las reglas establecidas en la Ley, lo cual se lo denomina “sucesión intestada”.

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Sin embargo, en el diario vivir hay personas 'sabidas' que quieren sacar provecho de herencias ajenas. La también abogada Nathaly Herrera menciona que la partición de herencia prescribe en un lapso de cinco a quince años, pero si algún heredero se aprovecha de la situación, tal vez como administrador, siempre los otros herederos pueden solicitar un juicio de rendición de cuentas.

"Ahora, si se ha cometido algún delito; sea abuso de confianza o estafa, se puede trabajar paralelamente en el ámbito civil con el juicio de rendición de cuentas", dice la experta.

Asimismo, Annye Orellana indica que "no podemos hablar de robo como tal, pero pueden existir muchos escenarios en los que un legítimo heredero pueda desconocer su condición", o que conociéndola "no pueda acceder porque se le prive de su derecho, incluso legalmente".

Adicional a ello afirma que no existe un delito tipificado como “robo de herencia”, pero pueden surgir delitos derivados de actos por parte de los herederos, por ejemplo la falsificación de firmas y uso de documento falso. 

¿Quiénes pueden dejar herencia?

"No pueden suceder bienes o recibir una herencia de una persona viva", sostiene Emily Bravo, ya que cuando una persona desea transferir el dominio de algún bien en vida, lo puede realizar mediante varias figuras legales, como donación. 

"En el caso de, tener la intención de repartir y asignar sus bienes a sus herederos deberá hacerlo de acuerdo a las reglas establecidas por la ley, esto es, a través de un testamento", argumenta la profesional.

Pero muchas veces las personas no quieren saber nada de los bienes que les han dejado. Herrera dice que siempre va existir la opción de repudiar o no la herencia.

"Cuando alguien deja un testamento, su albacea, notario o abogado debe poner en conocimiento a sus legatarios de que tienen un testamento a su favor. Ya está en ellos aceptarlo o no", acota.

En la actualidad, según Thais Torres, no existe una plataforma o sistema al cual recurrir para conocer de inmediato cuál es la herencia, pero el acudir a distintas instituciones públicas y privadas -solicitando información del heredero- permite esclarecer cuales son los bienes dejados por el fallecido.

"Legalmente, la ejecución y pleno cumplimiento de la voluntad del testador se encarga a los propios herederos, pero existe una institución denominada albaceazgo, que se encarga de asegurar el cumplimiento de la última voluntad del causante. En la sucesión intestada no existe un albacea, sin embargo se aplica la misma regla", apunta la experta. 

¡'Pito' entre herederos!

A  criterio de las abogadas de Bratore, la problemática surge a partir de un tema cultural, ya que, en su mayoría, los ecuatorianos "no tenemos como costumbre realizar un testamento en vida", lo que provoca que los legitimarios pidan la revocación o reforma del mismo. 

"Incluso, intentan recibir la herencia bajo reglas no establecidas en nuestra normativa, esto debido a la desinformación que se tiene en este tema".Annye Orellana, Thais Torres y Emily bravo / Abogadas de Bratore

Por su parte, Herrera señala que puede existir un conflicto entre los familiares porque consideran que no existió una repartición justa o adecuada. "A veces existen desacuerdos por problemas familiares irresueltos; es decir, que la problemática a causa de la herencia es más palpable en el ámbito moral y psicológico que legal, puesto que la Ley es muy clara en virtud de cómo debe ser repartida la herencia", comenta.

EXTRA-TIPS

  1. Los hijos son los únicos legítimos herederos. En el caso de existir más de un hijo, la herencia se dividirá entre ellos por partes iguales.
  2. De no existir hijos, heredan los ascendientes del grado más próximo y el cónyuge, dividiendo la herencia en dos partes iguales. No habiendo padres o ascendientes, la herencia corresponde al cónyuge y viceversa.
  3. De no existir padres o cónyuge, heredan los hermanos.
  4. A falta de legítimos herederos, los bienes quedan a cargo del Estado.

Si la persona difunta se encontraba casada, existía una sociedad conyugal y tenía hijos, la sucesión se regulará de la siguiente manera:

  • Del 100% de la sociedad conyugal, el 50% de esta corresponde por ley a el o la cónyuge, quien no tiene calidad de heredero.
  • El otro 50 % de la sociedad conyugal deberá ser repartido entre los legítimos herederos o legatarios, dividiéndolo en cuatro partes por igual.
  • Dos de las cuatro partes, corresponden y van destinadas a los hijos, una cuarta parte se denomina ‘cuarta de mejoras’ parte que se puede dividir entre los hijos y, la última cuarta parte es de libre disposición.