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Impuesto a la Renta en Ecuador: En 2024 deberán pagar quienes ganen más de $ 991,83 mensuales

Conoce los parámetros para la proyección y deducción de tributos en torno al Impuesto a la Renta en Ecuador para 2024

Los ingresos son cargados con impuestos en Ecuador.
Los ingresos son cargados con impuestos en Ecuador.Canva

Los ecuatorianos que tengan ingresos por más de $ 11.902 al año, o 991,8 dólares al mes, estarán obligados a pagar Impuesto a la Renta (IR), desde enero del próximo año. Así lo estableció el Servicio de Rentas Internas (SRI), en su base imponible, que norma la contribución que, en el 2024, además deberá hacerse tomando en cuenta otros parámetros.

(Lee además: ¿Qué pasa si el empleador no paga las aportaciones al IESS?)

Rentas da la opción a los contribuyentes de proyectar y deducir sus gastos, para evitar pagos altos. Esta proyección de ingresos deberá calcularse tomando en cuenta las cargas familiares. Así, el tope para la deducción de gastos personales es hasta $15.294.

SOBRE LAS CARGAS

- Las personas que tienen cargas familiares (cónyuges, hijos o padres) con enfermedades catastróficas, raras o huérfanos (para ello deberán presentar certificado médico del MSP o del IESS) tendrán derecho al máximo de gastos deducibles de $ 15.294 al año, sin importar el número de personas que integren el hogar.

- Como cargas se considera: Padres, cónyuge o pareja en unión de hecho, e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad, que no perciban ingresos gravados y que sean dependientes del sujeto pasivo.

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-Como soporte: Para el caso de los Padres, se deberá llenar la carta de consentimiento adjunta y copia de cédula; para el caso de cónyuges e hijos se deberán adjuntar copias de cédulas donde conste el parentesco o relación.

-No podrán tener la misma carga familiar dos contribuyentes a la vez

SOBRE PROYECCIÓN DE GASTOS Y DEDUCCIONES

Los gastos personales que se considerarán para el cálculo de la rebaja corresponden a lo siguiente: Vivienda (arriendo, intereses de hipotecarios, servicios básicos), salud (honorarios médicos, medicinas, lentes, prótesis, seguros médicos, deducibles), educación (matrículas, pensiones, uniformes, útiles, arte y cultura), alimentación (pensiones alimenticias, compras de alimentos y comidas preparadas en restaurantes), vestimenta, turismo local (en establecimientos registrados y con licencia), gastos para el cuidado de mascotas (incluir gastos de comida o veterinarios en rubros alimentación y salud).

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