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Diario Extra Ecuador

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La información y sanciones que contendrá el Registro de Violadores

La propuesta tiene como finalidad convertirse en una herramienta de protección de menores de aquellas personas que han cometido delitos sexuales.

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La propuesta tiene como finalidad convertirse en una herramienta de protección de menores de aquellas personas que han cometido delitos sexuales.Referencial / Internet

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Los casos de abuso sexual contra menores de edad son un problemática social que ha puesto a trabajar a las autoridades locales competentes. Estos incidentes suelen darse desde el núcleo familiar hasta en instituciones educativas.

Según datos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), en Ecuador, uno de cada diez niños, sin distinción de sexo, ha sido abusado sexualmente por medio de prácticas como el acoso, tocamiento, y/o violación.

Asimismo, cifras de la Fiscalía y del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) reflejan que, entre el año 2014 y el 2018, se dieron 7.500 denuncias de abuso sexual a menores.

La Ley de Registro Nacional para Violadores, Abusadores y Agresores Sexuales de Niñas, Niños y Adolescentes (REVAAS) —que tendrá su segundo debate este martes 1 de octubre en la Asamblea Nacional— busca cambiar esta situación adversa para los menores en el país.

La propuesta de la asambleísta independiente, Lourdes Cuesta, tiene como finalidad convertirse en una herramienta de protección de menores de aquellas personas que han cometido delitos sexuales.

Se espera que esta medida preventiva reduzca la reincidencia en este tipo de delitos, a mediano y largo plazo. Entre las acciones contra un sentenciado que forman parte del proyecto están:

1) Se registrará a las personas mayores de edad, nacionales y extranjeras, que han cometido delitos en contra de la integridad sexual y reproductiva de niñas, niños y adolescentes.

2) Las personas que hayan sido condenadas por delitos sexuales contra menores, quedan inhabilitados de trabajar con este grupo por el mismo tiempo establecido en la sentencia.

3) Quienes requieran contratar a una persona que involucre una relación directa con menores deberán exigir y verificar que la persona interesada no se encuentra en el Registro.

El incumplimiento de este requisito será causal de destitución o visto bueno, según corresponda, sin perjuicio de que esta acción u omisión pueda dar lugar a acciones civiles o penales ante la eventual agresión en contra de menores.

El denominado Registro de Violadores contendrá la siguiente información, según el informe aprobado por la Comisión de Justicia:

1) Nombres y apellidos completos, seudónimos, apodos o sobrenombres.

2) Fotografía actualizada.

3) Lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número de cédula o documento de identidad de extranjeros, y lugar de domicilio o residencia.

4) Registro de huellas dactilares y código de ADN.

5) Delito por el cual fue condenado, el tiempo que fue condenado y sanciones adicionales.

6) Lugar de cometimiento del delito.

¿Quién estará a cargo del REVAAS?

El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI) sería la encargada del Registro de Violadores.

Esta Secretaría —a cargo de los centros de rehabilitación— cuenta con información —según la asambleísta Cuesta— sobre los detenidos y un listado de quienes están privados de la libertad por estos delitos.

Otras instituciones que colaborarían son el Ministerio de Gobierno, y la Cancillería.

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