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Porte de armas: la responsabilidad va más allá de de comprar una pistola y salir a disparar

Expertos explican que el decreto presidencial no es suficiente para que las personas salgan a comprar armas y se crean pistoleros del Viejo Oeste

Armas - decreto - Ecuador
Según la ley, el permiso de porte de armas tiene una validez de dos a cinco años.HENRY LAPO

Una de las medidas anunciadas por el presidente Guillermo Lasso para enfrentar a la delincuencia en el país es el porte de armas de uso civil para defensa personal.

El primer mandatario emitió un decreto en el que se autoriza la tenencia y porte de armas de acuerdo con los requisitos de ley. Esto ha provocado una ola de comentarios a favor y en contra. Pero, sobre todo, incertidumbre en la población.

(Lee también: Porte de armas: decisión que divide al país )

Según la abogada penalista Johanna Orbe, existe un desconocimiento de cómo obtener un arma. “La gente piensa que con el decreto pueden comprar una pistola y salir a disparar”.

La jurista señaló que el presidente debió socializar la medida de mejor manera y no generar confusión entre los habitantes.

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Para Orbe, las personas deben entender que el hecho de tener la autorización para portar un arma no las convierte en pistoleros del Viejo Oeste que pueden disparar indiscriminadamente sin caer en el riesgo de cometer un delito como lesiones, asesinato u homicidio.

Con el permiso se “obtienen la autorización para un uso relacionado con el derecho que tenemos de defender una propiedad privada o la integridad física propia y de los allegados”.

Varias universidades del país rechazaron el decreto a través de comunicados en
redes sociales.

La jurista enfatiza que cuando ocurra un caso de estos se debería probar jurídicamente que dicha persona actuó en legítima defensa.

Por ejemplo, si un delincuente ataca con cuchillo a una persona y esta saca su arma de fuego y le dispara en la cabeza, puede ir presa porque en el juicio se “valorará que no hubo equidad en los elementos que se utilizaron en la agresión” y, por ende, la ‘víctima’ no habría actuado en defensa propia.

César Suárez Pilay, fiscal y experto en Derecho Penal y Constitucional, indica que también hay que especificar lo que significa legítima defensa para no caer en confusiones.

Según el abogado, esta figura se cumple cuando: existe una agresión ilegítima en contra de alguien, cuando hay la necesidad racional de la defensa y que el acto no haya sido producto de una provocación de parte de quien actúa en defensa del derecho.

Ante la posible corrupción en los procesos de obtención de los permisos de porte de armas, que incluso podrían favorecer a los delincuentes, el investigador comentó que son situaciones que se deben anticipar para evitar que ocurran.

Y, de acontecer, tendrán que ser investigadas por la Fiscalía, para procesar a los responsables. Mientras tanto, Orbe indica que, de viabilizarse el decreto, el Ministerio de Defensa deberá emitir las resoluciones pertinentes para que la norma sea aplicable y no se torne ambigua. “Por ejemplo, deberían existir academias como las de conducción para aprender a controlar un arma y que sea parte de los requisitos”.