SUSCRIBIRME POR $1/ 1 MES

Exclusivo
Actualidad

Resultados referéndum y consulta popular 2024: ¿ganó el trabajo por horas?

Una de las preguntas indagaba a los ecuatorianos su posición respecto a la contratación a plazo fijo y por horas

Consulta Popular - Ecuador - votaciones
La Policía estuvo atenta para evitar cualquier tipo de delito en los recintos electorales.GUSTAVO GUAMAN

Una de las cinco preguntas del Referéndum tenía que ver con la extradición de ciudadanos ecuatorianos. En concreto se trataba de la Pregunta E.)

“¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República y reformar el Código de Trabajo para el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, de acuerdo con el Anexo 4?”.

(Te invitamos a leer: Resultados referéndum y consulta popular 2024: ¿ganó la extradición de ecuatorianos?)

Conoce cómo calcular el pago por horas de tu trabajo.
Conoce cómo calcular el pago por horas de tu trabajo.Canva

Resultados pregunta E de trabajo por horas en el Referéndum

Aunque aún no hay datos oficiales sobre los resultados, los resultados de Exit Pool de boca de urna indican que esta pregunta no habría recibido el apoyo de la ciudadanía.

De acuerdo a esas cifras, el Sí habría obtenido el 33 por ciento de los votos, mientras que el No habría recibido el 63,80 por ciento. Para aplicar esta decisión democrática, si finalmente se confirma su aprobación, tendría que haber una enmienda a la Constitución.

Anexo de la pregunta E

Anexo 4:

i. Sustituir el art. 327 de la Constitución de la República por el siguiente:

”Art. 327.- La relación laboral entre personas trabajadoras y empleadoras será bilateral y directa. Se prohíbe toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, o cualquier otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva.

El contrato a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, no constituyen formas de precarización laboral. El incumplimiento de obligaciones, el fraude, la simulación, y el enriquecimiento injusto en materia laboral se penalizarán y sancionarán de acuerdo con la ley.”

ii. Sustituir el art. 14 del Código del Trabajo por el siguiente:

”Art. 14.- Contrato tipo y excepciones. - El contrato individual de trabajo a tiempo indefinido es la modalidad típica de la contratación laboral estable o permanente, su extinción se producirá únicamente por las causas y los procedimientos establecidos en este Código.

Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior:

a) Los contratos a plazo fijo;

b) Los contratos por horas;

c) Los contratos por obra cierta, que no sean habituales en la actividad de la empresa o empleador;

d) Los contratos eventuales, ocasionales y de temporada;

e) Los de aprendizaje; y,

f) Los demás que determine la ley.

”Disposición General:

Primera: En el plazo de 30 días el Ministerio del Trabajo emitirá los Acuerdos Ministeriales que regularán los contratos a plazo fijo y por horas.”