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Negocia ‘tranqui’ la salida de tu camello
‘Peor es no intentarlo’, dicen... sin embargo existen unos ‘jueces’ imparciales que te ayudarán a evitar este largo trecho y te brindarán una vía menos ‘fregada’ para resolver tu problema laboral; hablamos de la mediación laboral.

Existen unos ‘jueces’ imparciales que te ayudarán a evitar este largo trecho y te brindarán una vía menos ‘fregada’ para resolver tu problema laboral; hablamos de la mediación laboral.
Alguna ocasión en nuestra vida hemos tenido desconocimiento de si firmar o no una renuncia laboral, si nuestra liquidación esta bien hecha, o si no cumplo alguna de estas dos opciones, ¿tendré una mancha en mi historial de trabajo?.
Generalmente este tipo de conflictos se resuelven por la vía legal. Tú, como afectado presentas una demanda ante las autoridades laborales y les sigues un proceso legal hasta llegar a la instancia de ganar el proceso para salir beneficiado. Pero en el caso que no ganes el juicio, habrás gastado no solo tiempo sino también dinero.
‘Peor es no intentarlo’, dicen... sin embargo existen unos jueces imparciales que te ayudarán a evitar este largo trecho y te brindarán una vía menos ‘fregada’ para resolver tu problema laboral; hablamos de la mediación laboral.
Los centros de Mediación Laboral tiene por objetivo contribuir a la solución de conflictos transigibles (de conciliación) mediante la utilización de la mediación como método alternativo de solución de conflictos.
Este sistema, creado en el 2015, ayuda a que, tanto el empleado y empleador eviten acudir a largos procesos judiciales que demandan de mucho tiempo, trámites y gastos en abogados.
Esto último quiere decir que no interviene un tercero y son las partes involucradas directamente quienes construyen el acuerdo.
Será un mediador del Ministerio de Trabajo, capacitado en materia laboral, quien se encargue del diálogo y negociación de los asistentes.
Estos mediadores se encuentran en oficinas regionales ubicadas en Quito (Quito, Rumiñahui, Cayambe, Mejía); Guayaquil (Guayaquil, Daule, Milagro, Durán); Manta (Manta, Portoviejo); Cuenca (Azuay-Cañar); y Loja (Loja, Machala, Zamora).
En caso de que no te encuentres dentro de las localidades mencionadas podrás acudir al que se encuentre más cercano a ti.
¿Quienes pueden acceder al servicio?
Este servicio puede ser utilizado por cualquier persona, sea natural o jurídica publica o privada y de acuerdo al art. 16 del reglamento de Mediación Laboral, atenderán los procesos de mediación provenientes:
- De una solicitud directa presentada por la o las partes interesadas.
- Por derivación de un servidor de la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público del Ministerio del Trabajo.
- Por derivación de un juzgado del trabajo.
Cabe recordar que las mediaciones tienen carácter confidencial y las resoluciones deberán ser acatadas por todos sus participantes, sea cual fuere la calidad con que lo hicieren, salvo renuncia expresa. Caso contrario, el acta de mediación tiene efecto de sentencia ejecutoriada y puede hacerse cumplir vía judicial.
Además son gratuitas y no requieren la contratación de un abogado/a.
¿Y cómo le hago?
El único requisito para acceder a una mediación es realizar una solicitud dirigida al director del Centro de Mediación en las oficinas del ministerio del Trabajo con las siguientes especificaciones:
- Nombres y apellidos del solicitante o solicitantes y de la parte requerida.
- Breve descripción del tema laboral a tratarse.
- Lugar para notificaciones: correos electrónicos, teléfono y domicilio de la parte solicitante y la requerida.
- Firma de la parte solicitante o solicitantes.
A esta solicitud deberás anexar los documentos habilitantes como poder para intervenir en la audiencia de mediación en caso que actúes como apoderado y cualquier otro que el solicitante considere pertinente.
Luego de que te hayan designado un mediador, será este quien señale día y hora para que se realice la audiencia correspondiente.
Previo al inicio de la audiencia de mediación los participantes deberán presentar los siguientes documento según el caso:
Personas naturales:
- Nacionales: cédula de ciudadanía.
- Extranjeros: pasaporte.
- Quien asista en representación del interesado: poder especial o procuración judicial en caso que intervenga un abogado patrocinador, así como la credencial de este debidamente registrada en el Foro de Abogados.
Personas Jurídicas:
- Privadas: documento que acredite la calidad en que comparece sea como representante legal o su apoderado.
- Públicas: delegación escrita de la máxima autoridad de la institución con el documento que acredite la personería de aquella.
Sindicatos:
Documento por el cual justifique su representación y que se encuentre debidamente conformado e inscrito en los registros correspondientes.
Si estas interesado en acceder a una mediación, descarga el formulario de solicitud aquí.