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Diario Extra Ecuador

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7 artículos que garantizan un ‘camello’ justo para los extranjeros

Ante la crisis en su país los migrantes acuden a nuevas tierras en busca de un mejor futuro para su familia.

De enero a mayo de 2018 el Ministerio de Trabajo recibió 400 casos de irregularidades laborales con extranjeros.

De enero a mayo de 2018 el Ministerio de Trabajo recibió 400 casos de irregularidades laborales con extranjeros.Pixabay

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Ante la crisis en su país los migrantes acuden a nuevas tierras en busca de un mejor futuro para su familia. Las fronteras de Ecuador, Colombia y Perú reciben a diario a miles de venezolanos que cruzan con la esperanza de encontrar un nuevo lugar, y sobre todo un trabajo.

Aunque muchos de ellos realizan trabajos informales en las calles existen quienes encontraron un trabajo para subsistir. En pequeños y grandes negocios la presencia de inmigrantes se vuelve común pero algunos empleadores abusan del desconocimiento y desesperación por ganar un poco de dinero.

El ministro de Trabajo, Raúl Ledesma, ha manifestado en repetidas ocasiones que existen denuncias sobre casos de explotación laboral, inequidad salarial, entre otros. Por eso en enero de 2018, cuando ya se empezaba a sentir las secuelas por la llegada de extranjeros, las autoridades emitieron un acuerdo ministerial que busca garantizar los derechos laborales de los inmigrantes.

En declaraciones realizadas el pasado mayo a Telediario, el funcionario indicó que desde la implementación del acuerdo, se registraron 400 casos por tipo de irregularidades en el ámbito laboral.

Ocho meses han pasado desde la publicación del acuerdo ministerial, sin embargo los testimonios de inequidad laboral para los siguen apareciendo, por eso nunca está de más recordar qué dice la normativa y cuáles son las sanciones a los empleadores que la inculpan.

1.- Verificar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores migrantes extranjeros en Ecuador a través de un registro y control de los trabajadores.

2.- No hay excepción. Estas normas son obligatorias para todos los empleadores, tanto del sector público y privado.

3.- Registro. El empleador deberá contar con esta información de la persona extranjera:

-Nombres y apellidos

-Edad

-Estado civil

-Dirección

-Correo electrónico

-Nacionalidad

-País de origen

-Número de pasaporte

-Cargo que ocupará

-Salario que recibirá

-Vigencia del contrato

-Lugar de trabajo

-Horario

4.- Todo a la web. Estos datos deben ser registrados en la página web del Ministerio de trabajo.

5.- Control. Se realizarán inspecciones para verificar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores inmigrantes.

6.- Sanciones. Si tus empleados extranjeros no están afiliados al seguro social o no reciben la totalidad del salario básico unificado, pelas que se te viene la multa.

7.-Multas. Aquí entran dos tipos: para personas naturales y personas jurídicas. Las personas naturales reciben una multa de diez salarios básicos unificados, mientras que las jurídicas deberán pagar quince salarios básicos.

El pasado 17 de agosto también se realizó un taller de “Iniciativas de Reclutamiento Ético para promover la movilidad laboral segura”, en Guayaquil. Ahí Ledesma volvió a llamar a la lucha contra la explotación laboral de migrantes, y dijo que el país no puede permitir la esclavitud laboral.

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