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Conoce cuándo te deben pagar la liquidación.Canva

El plazo máximo para pagar las liquidaciones | Ministerio de Trabajo fijó días

Una nueva reforma ministerial acorta los tiempos legales para que los empleadores cumplan con el registro y pago de liquidaciones laborales

Mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2025-053, expedido el 15 de mayo de 2025, el Ministerio del Trabajo de Ecuador introdujo importantes reformas al acuerdo anterior. La nueva normativa establece un plazo máximo de 15 días para que los empleadores registren el acta de finiquito y realicen el pago de liquidación a los extrabajadores.

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Con esta medida, el período legal para cumplir con estas obligaciones laborales se reduce de 30 a 15 días, contados desde la terminación de la relación laboral. El objetivo es agilizar los procesos y garantizar mayor transparencia en la finalización de contratos laborales.

Registro del acta y comprobante de pago: ahora obligatorios en conjunto

El artículo 19 del acuerdo reformado establece que el acta de finiquito debe estar firmada por ambas partes y cargada en el sistema del Ministerio del Trabajo junto con el comprobante de pago en formato PDF. Esta especificación no constaba de forma explícita en la normativa anterior.

Se reducen los días para el pago de liquidaciones.Canva

Una vez cargada esta documentación, se genera el código HASH que valida la legalización del proceso de terminación de la relación laboral.

Plazo de 15 días para el pago y consignación si no se cobra

El artículo 20 detalla que el empleador tiene un plazo de 15 días para ubicar al extrabajador y efectuar el pago directamente. En caso de que este no acuda a cobrar o se niegue a recibir la liquidación, el empleador deberá proceder a la consignación en línea de los valores.

Este segundo plazo también es de 15 días, sumando un máximo total de 30 días para completar el pago, cuando antes eran 45.

Paso a paso del procedimiento para consignar la liquidación

El nuevo acuerdo ministerial define un proceso detallado para la consignación de valores ante el Ministerio del Trabajo:

  • El empleador debe generar el acta de finiquito en el sistema del Ministerio del Trabajo.

  • Aceptar de forma virtual la responsabilidad y veracidad de la información registrada.

  • Seleccionar la opción de consignación y cargar los documentos que respalden el cumplimiento patronal (roles de pago de los últimos tres meses, justificativos de descuentos).

  • El inspector del trabajo revisará el acta y los documentos.

  • Si la información es válida, se habilita la orden de pago por los medios disponibles.

  • Finalmente, el empleador debe cargar el comprobante de pago y el acta de finiquito firmada, concluyendo así el proceso.

El Ministerio también establece que el empleador es el custodio oficial de los documentos registrados, tanto en formato físico como digital. Estos deberán permanecer archivados adecuadamente.

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