IVA al 8 % por Semana Santa: dónde pagar menos y cómo aprovechar el descuento
¿Qué servicios turísticos pagarán menos impuestos en Semana Santa? Conoce los detalles del Decreto 348 y cómo afectará a tus consumos en el feriado

El feriado de Semana Santa contempla la realización de procesiones como parte de la planificación religiosa y cultural.
El Gobierno Nacional dispuso una reducción temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15 % al 8 % para el feriado de Semana Santa, que se desarrollará del 3 al 5 de abril de 2026 y es de carácter obligatorio.
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Esta medida, oficializada mediante el Decreto Ejecutivo N° 348, busca incentivar el turismo local durante una de las festividades religiosas más importantes del país, donde miles de fieles participan en procesiones como la del Viernes Santo.
Ecuador
Procesión de los pasos en Cuenca reúne a miles de devotos por Semana Santa 2026
Claudia Pazán
Detalles del decreto presidencial
El presidente Daniel Noboa firmó el documento el pasado 31 de marzo en Machala. En la normativa se establece que el beneficio tributario no es generalizado, sino que se aplica exclusivamente a los establecimientos registrados como servicios turísticos. La reducción estará vigente únicamente durante los tres días de asueto.
Para que el descuento sea válido, los negocios deben estar al día con sus obligaciones legales y constar dentro de las actividades reconocidas como turísticas en el país.

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto 348 el 31 de marzo.
Además, el decreto dispone que el Servicio de Rentas Internas (SRI) ejecute los controles y mecanismos pertinentes para asegurar que el cobro del IVA reducido se aplique de forma correcta.
Servicios que tendrán el IVA reducido
Los ciudadanos pagarán el 8 % de IVA solo en consumos relacionados con:
- Alojamiento: hoteles, hostales y establecimientos similares.
- Alimentación: servicios de alimentos y bebidas (restaurantes).
- Transporte turístico: incluye vías aérea, marítima, fluvial y terrestre, además del alquiler de vehículos.
- Eventos: organizadores de convenciones, congresos, ferias y exhibiciones.
- Operadores y agencias: servicios prestados por agencias de viajes.
- Entretenimiento: parques de atracciones, salas de juego, hipódromos y casinos.
Por el contrario, las compras habituales en supermercados, farmacias, tiendas de ropa o electrodomésticos mantendrán la tarifa general del 15 %.
Los establecimientos turísticos tienen la obligación de emitir facturas con el valor actualizado durante los días señalados.