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Diario Extra Ecuador

Lo que podrás hacer en Quito a partir de este 13 de septiembre

El domingo termina el Estado de Excepción en el país y cada ciudad decidirá las restricciones para sus habitantes. 

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El 13 de septiembre, el Gobierno Nacional levantará el Estado de Excepción en el país. Lo que significa que desde ese día ya no regirá el toque de queda, ni los controles a aglomeraciones. No obstante, para evitar contagios de coronavirus, cada ciudad impondrá sus propias reglas que ayuden al cuidado de su población.

Mejía con nuevas medidas restrictivas y de circulación

Por este motivo, el Municipio de Quito publicó este 10 de septiembre una lista de lo que se podrá y no hacer en la capital. Te lo detallamos:

LO QUE DEBES SEGUIR HACIENDO:

- Portar tu mascarilla, salvo a quienes practiquen actividades deportivas que permita mantener distanciamiento mayor a 2 metros.

- Portar y exhibir tu cédula o cualquier documento que acredite la identidad.

CIRCULACIÓN VEHICULAR:

En meses impares (enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre): Los lunes, miércoles y viernes circularán los vehículos cuyas placas terminen en número impar, 1, 3, 5, 7 y 9. Los martes, jueves y sábado lo harán los que terminen en número par, 2, 4, 6, 8 y 0.

En meses pares (febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre): Los lunes, miércoles y viernes circularán los vehículos cuyas placas terminen en número par, 2, 4, 6, 8 y 0. Los martes, jueves y sábado lo harán los que terminen en número impar, 1, 3, 5, 7 y 9.

Vehículos exceptuados de la restricción se sujetarán a los requisitos, procedimientos y requerimientos establecidos en el Instructivo para la emisión de salvoconductos (lo emitirá la Secretaría de Movilidad).

TRANSPORTE TERRESTRE:

- Transporte Público: aforo máximo del 50% de cada unidad y de conformidad con el protocolo emitido por la Secretaría de Movilidad.

- Terminales terrestres operarán, al tratarse de transporte intraprovincial e interprovincial, en cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, con un aforo máximo del 50%.

ACTIVIDADES ECONÓMICAS QUE CONTINUARÁN SUSPENDIDAS:

- Bares

- Discotecas

- Centros de diversión nocturna

- Centro de tolerancia y similares

- Gimnasios, centros de entrenamiento y similares

Además, se suspende la emisión de autorizaciones para eventos públicos, ya sean en espacios abiertos y cerrados, públicos o privados. Se restringen también las actividades deportivas y de todas aquellas que no permitan mantener un distanciamiento mayor a 2 metros.

AFOROS MÁXIMOS PERMITIDOS:

El aforo en centros comerciales, supermercados y mercados, agencias Bancarias y Cooperativas y restaurantes será del 50 %, mientras que en cines, teatros y auditorios, será del 30%.

El COE Metropolitano se encargará de coordinar las acciones tendientes a la reducción de los riesgos derivados de la pandemia y la adopción de medidas de respuesta y recuperación.

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