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Paro nacional en Ecuador: ¿cárcel para quienes bloqueen vías?EFE

Paro nacional en Ecuador: ¿Cárcel para quienes bloqueen las vías del país?

Conoce qué señala la ley penal ecuatoriana respecto de quien bloquee vías. Esto, en el marco del paro nacional

Ecuador atraviesa un momento de tensión con el inicio del paro nacional indefinido convocado por movimientos indígenas y sociales desde la noche del 21 de septiembre de 2025. La medida de presión surge principalmente en rechazo a la eliminación del subsidio al diésel, que elevó el precio del galón de $ 1,80 a $ 2,80. Las protestas se han extendido por varias provincias de la Sierra, generando cierres de vías y afectaciones a la movilidad de ciudadanos, trabajadores y usuarios de servicios públicos.

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Diversos sectores sociales se han sumado al paro, aunque persisten divisiones en la Amazonía y entre organizaciones que decidieron no participar. Según reportes del Servicio Integrado de Seguridad ECU 911, hasta la mañana de hoy, lunes 22 de septiembre, varias vías permanecían bloqueadas en Imbabura.

En ciudades como Latacunga, el toque de queda ha sido implementado para contener posibles incidentes, mientras que en Cotopaxi las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional han reforzado la seguridad en edificios públicos, con cercas y alambre de púas en perímetros estratégicos.

Paro nacional en Ecuador: ¿cárcel para quienes bloqueen vías? Esto dice la ley.EFE

La protesta no solo tiene motivación económica; la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) ha señalado que también es una respuesta al “autoritarismo” del Gobierno y a la crisis política y social que atraviesa el país. Ante esto, el Ejecutivo ha mantenido un sistema de vigilancia 24/7 para garantizar que los ciudadanos puedan movilizarse y acceder a servicios esenciales sin obstáculos.

¿Qué dice la ley sobre los bloqueos de vías y servicios?

La advertencia del Gobierno no es solo retórica. La ministra de Gobierno, Zaida Rovira, recordó la semana pasada que los bloqueos y la paralización de servicios están tipificados como delitos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). 

Según el artículo 346 de la normativa penal, “la persona que impida, entorpezca o paralice la normal prestación de un servicio público o se resista violentamente al restablecimiento del mismo; o, se tome por fuerza un edificio o instalación pública, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.

El presidente Daniel Noboa también ha decretado estado de excepción en varias provincias estratégicas, con el objetivo de garantizar la seguridad ciudadana y mantener el orden público. El Ejecutivo ha enfatizado que nadie está por encima de la ley y que las medidas adoptadas no constituyen represión, sino el cumplimiento del marco legal vigente.

“El Ecuador es un Estado indivisible, y la soberanía pertenece a todos los ecuatorianos (…) Nadie está por encima de la ley”, señaló el Gobierno días atrás en una carta difundida en la red social X.

Así, quienes lideren o participen en bloqueos ilegales podrían enfrentar sanciones penales, lo que subraya que la protesta pacífica es legítima, pero la interrupción de servicios esenciales y la violencia organizada están sujetas a cárcel de acuerdo con la ley.

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