Progen contrató en Catamayo con visto bueno del Ministerio de Energía de Luque
La fallida repotenciación de Catamayo revela cómo el Ministerio exigía aprobación jurídica previa en contratos eléctricos durante la emergencia de 2024

El proyecto buscaba añadir hasta 15 MW al sistema eléctrico nacional.
Las claves del caso
- Circular de Roberto Luque obligó a visar contratos eléctricos de emergencia en 2024.
- Ministerio de Energía aprobó viabilidad de USD 39,6 millones para Central Catamayo.
- Defensa de Luque niega control previo pese a validación jurídica de la contratación.
El análisis del contrato fallido de Progen para repotenciar la Central Catamayo revela el 'candado legal' de Roberto Luque. Pese a la autonomía de las eléctricas, el Ministerio de Energía validó procesos de emergencia por 39,6 millones de dólares, marcando un hito en la crisis energética de 2024.
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El candado legal que estableció el entonces ministro de Energía, Roberto Luque, para que la Coordinación General Jurídica del Ministerio autorice las contrataciones de generación eléctrica en la emergencia declarada en 2024 no fue un simple trámite administrativo.
La fallida repotenciación de la Central Termoeléctrica Catamayo, el primer contrato que suscribió Progen en Ecuador, revela la aplicación real y concreta de la disposición emitida por Luque en la circular MEM-MEM-2024-0003-CIR, del 23 de abril de 2024, en la que ordenó que “todos los procesos de contratación pública que se lleven a cabo en el marco de la emergencia declarada en el sector eléctrico (...) sean previamente comunicados y coordinados con la Coordinación General Jurídica del Ministerio de Electricidad para su análisis y aprobación”.
El proceso se inició en mayo de 2024. Richard Vicente Vaca Carrión, presidente ejecutivo de la Empresa Eléctrica Regional del Sur (Eerssa), remitió dos oficios claves (EERSSA-PREJEC-2024-0486-OF y EERSSA-PREJEC-2024-0565-OF), con fechas 14 y 31 de mayo, a José Manuel de Oliveira Allu, coordinador jurídico del Ministerio de Energía.
A través de estos, Vaca Carrión solicitó la “autorización” y el “análisis y aprobación” para la repotenciación de la Central Termoeléctrica Catamayo, y lo hizo “en cumplimiento con lo dispuesto en la circular” firmada por Luque.
La estricta regla que impuso Luque
Bajo la estricta regla, ninguna empresa eléctrica estatal podía avanzar sin el visto bueno del Ministerio. De Oliveira también invocó la circular de Luque y dejó constancia de que los procesos de emergencia de la Regional del Sur debían contar con su visto bueno.
Así lo detalló en el oficio MEM-COGEJ-2024-0199-OF, del 10 de junio de 2024. “La Empresa Eléctrica Regional del Sur puso en conocimiento de este Ministerio que se encuentra lista para realizar el proceso de contratación de la consultoría de estudios para la repotenciación de la Central Termoeléctrica Catamayo (...) y solicitó el análisis y aprobación correspondiente”, escribió De Oliveira.

Documentos legales evidencian el control previo en contrataciones eléctricas.
En ese documento también quedó en evidencia que el cumplimiento de la disposición de Luque incluyó la verificación de los Términos de Referencia (TDR) y los informes de necesidad suscritos por Juan Carlos Godoy Godoy, gerente de operación de la Eerssa.
El objetivo de la contratación era repotenciar las unidades obsoletas para incorporar entre 14 y 15 MW adicionales al sistema eléctrico nacional, por 39,6 millones de dólares.
Tras examinar los documentos, el coordinador jurídico emitió un dictamen. Señaló que la intención de iniciar el proceso de contratación “por encontrarse dentro de los procesos establecidos en el artículo 57.1 de la LOSNCP (Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública) (...) es viable”.
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Esta validación ministerial fue el requisito indispensable para comenzar la contratación. Pese a esto, De Oliveira Allu dejó por escrito una suerte de salvaguarda legal en el mismo oficio. Al concluir su validación, señaló que su pronunciamiento lo hacía bajo el “principio de confianza mutua” y que el Ministerio “no es responsable de los trámites y gestiones que hayan precedido a la elaboración de la documentación enviada”.
Hoy la defensa de Luque defiende la autonomía total de las empresas eléctricas. Y señala que la disposición tuvo como único fin “precautelar el erario público”.
“Impedir que la declaratoria de emergencia se utilizara como excusa para contratar bienes o servicios ajenos a la mitigación de la crisis energética, como computadoras, vehículos u otros objetos sin conexión real, directa e inmediata con la superación de la contingencia eléctrica. No instituyó control previo alguno sobre contratos específicos, ni facultó al Ministerio de Energía o a su Coordinación General Jurídica para revisar o autorizar acuerdos particulares”, asegura Erick Leuschner, abogado de Roberto Luque.

Los generadores eléctricos de Progen están embalados, a espera de su apertura.
Por su parte, el excoordinador jurídico, José Manuel de Oliveira Allu, sostiene que su participación se limitó al cumplimiento normativo de la circular de Luque. “Consistió únicamente en verificar (...) si el objeto de la futura contratación planteada (...) se enmarcaba dentro de los parámetros de la emergencia declarada”.
De Oliveira enfatiza que en este proyecto de la central de Catamayo, su informe estableció que correspondía a la entidad contratante, por su “autonomía administrativa y de gestión”, justificar técnica y legalmente que la contratación cumplía con los requisitos emergentes.
Asimismo, el exabogado del Ministerio asegura que no tuvo “intervención alguna en la estructuración del proceso, elaboración de pliegos o términos de referencia”, tareas que califica como responsabilidad exclusiva de Eerssa. Según el exfuncionario, esta fue la única consulta de este tipo procesada por su despacho durante su gestión entre abril y diciembre de 2024.