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Diario Extra Ecuador

Toque de queda en Ecuador: Así fueron las primeras detenciones durante los operativos

Los infractores enfrentan penas de hasta tres años de cárcel por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas. Conoce más

Un ciudadano fue detenido durante la medida de toque de queda en Guayaquil.

Un ciudadano fue detenido durante la medida de toque de queda en Guayaquil.Cortesía

Kevin Monte Gonzalez
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Tras la primera noche de restricción focalizada, el balance preliminar deja decenas de ciudadanos bajo custodia por irrespetar el toque de queda en las provincias de Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas. 

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Las operaciones, que iniciaron a las 23:00 del domingo, no solo se limitaron al control de movilidad, sino que sirvieron como plataforma para golpes directos a la delincuencia organizada.

Operativos y allanamientos en Guayaquil

La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas aprovecharon el despeje de las vías para ejecutar intervenciones de inteligencia:

  • Microtráfico: En Guayaquil, una vivienda fue allanada durante el horario restringido, resultando en la captura de un presunto expendedor de droga. En el sitio se decomisaron sustancias e indicios que ya forman parte de una investigación fiscal.
  • Control de calles: Equipos periodísticos constataron que, pese a la advertencia, decenas de personas fueron interceptadas en espacios públicos y vías principales sin justificación alguna.
  • Incursiones reservadas: Se han reportado otros allanamientos en las provincias bajo control, aunque los resultados específicos de estas operaciones se mantienen bajo reserva por seguridad nacional.
Durán antes del toque de queda, el 15 de marzo.

Durán antes del toque de queda, el 15 de marzo.Gerardo Menoscal

La sanción: cárcel por desacato

Las autoridades han sido enfáticas: incumplir el toque de queda no es una contravención de tránsito menor, sino un delito penal. El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece lo siguiente:

  • Artículo 282: El incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente se sanciona con una pena privativa de libertad de uno a tres años.

Además, la fuerza pública tiene la disposición de intervenir y neutralizar a cualquier ciudadano que intente evadir los controles o presente resistencia física a las órdenes de los uniformados.

Excepciones

Solo el personal acreditado de los siguientes sectores puede circular entre las 23:00 y las 05:00:

  1. Médicos, enfermeras y personal hospitalario.
  2. Policías y Militares en servicio activo.
  3. Bomberos, Cruz Roja y personal de Gestión de Riesgos (especialmente por la temporada invernal).
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