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Diario Extra Ecuador

Toque de queda: las sanciones penales y los detalles de la restricción desde el 15 de marzo

Es fundamental que la ciudadanía comprenda que la medida no es una sugerencia, sino una orden legítima de la autoridad para combatir el crimen organizado

La restricción de tránsito estará vigente en las provincias de Guayas, Los Ríos, Santo Domingo y El Oro

La restricción de tránsito estará vigente en las provincias de Guayas, Los Ríos, Santo Domingo y El OroJosé Jácome | Credit: EFE

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El gobierno de Daniel Noboa dio un giro significativo en su política de lucha contra el crimen organizado. A partir del próximo 15 de marzo y hasta el 30 de marzo, Ecuador entrará en una etapa reforzada de seguridad nacional que contempla la implementación de un toque de queda focalizado.

Esta medida, que responde a la situación de "grave conmoción interna" vigente por el Decreto Ejecutivo 311, no será de carácter nacional. 

La restricción de libertad de tránsito se aplicará exclusivamente en las provincias de Guayas, Los Ríos, Santo Domingo y El Oro, zonas identificadas por la inteligencia militar y policial como puntos críticos de operación de bandas delictivas.

Además, el mandatario confirmó a través de sus canales oficiales que esta fase operativa contará con una inédita colaboración directa de agencias de seguridad de Estados Unidos.

La finalidad del toque de queda es despejar las calles durante la madrugada. Al limitar la circulación, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas podrán concentrar sus operativos de intervención de manera quirúrgica, sin las obstrucciones que representa el movimiento de civiles en áreas de alto riesgo, optimizando así los resultados de las incursiones contra objetivos de alto valor criminal.

Según el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la transgresión de esta norma se tipifica como incumplimiento de decisiones legítimas

Según el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la transgresión de esta norma se tipifica como incumplimiento de decisiones legítimasEFE

Consecuencias penales por el incumplimiento

El Ejecutivo enfatizó que la medida no es opcional. Quienes decidan desobedecer la restricción sin contar con un justificativo válido se exponen a sanciones severas basadas en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP):

  • Detención inmediata: Cualquier persona o vehículo circulando en horario prohibido será interceptado por las fuerzas del orden.
  • Procesamiento penal: El desacato se juzga como el delito de "incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad", cuya condena oscila entre uno y tres años de prisión.
  • Retención de bienes: Los vehículos utilizados para infringir la norma serán retenidos.
  • Impacto a largo plazo: Una sentencia condenatoria implica el registro de antecedentes penales, lo cual supone un obstáculo directo para futuros trámites migratorios, oportunidades laborales en el sector privado o contrataciones públicas.

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¿Quiénes están exentos?

Para garantizar la continuidad de las funciones vitales del país, el decreto establece excepciones claras. La movilidad está permitida únicamente para:

  • Personal de salud (red pública y privada).
  • Integrantes de la fuerza pública y seguridad privada complementaria.
  • Equipos de gestión de riesgos y atención de emergencias.

Esta nueva fase de operaciones marca un precedente en la cooperación internacional de Ecuador, buscando recuperar el control territorial en las provincias que registran los índices más altos de violencia en el país.

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