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Diario Extra Ecuador

Excomandante Tannya Varela no cumplió presentación periódica: ¿Qué implica no acatar orden judicial?

Un acta judicial certifica la inasistencia de la exjefa policial y abre el debate sobre las consecuencias legales de no cumplir una orden de un juez

La Fiscalía reportó en el expediente que la excomandante general de la Policía, Tannya Varela, no hizo su comparecencia.

La Fiscalía reportó en el expediente que la excomandante general de la Policía, Tannya Varela, no hizo su comparecencia.Archivo EXTRA

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Un documento incorporado al expediente judicial que sigue la Fiscalía contra la excomandante general de la Policía Nacional, Tannya Varela, da cuenta de que no se presentó a cumplir la medida cautelar de presentación periódica que le fue impuesta dentro de un proceso penal por presunta difusión de información de circulación restringida.

Se trata de un Acta de no Comparecencia, fechada el lunes 5 de enero de 2026, en la que se certifica que Varela no acudió a la Secretaría Provincial de la Fiscalía del Guayas, tal como lo ordenó la Presidenta de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. El documento fue suscrito por el secretario provincial correspondiente y forma parte del expediente del caso.

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Según el acta, la excomandante debía presentarse todos los días lunes ante la Fiscalía del Guayas, y en caso de que la fecha coincidiera con un feriado, la obligación se trasladaba al siguiente día hábil. Sin embargo, la comparecencia no se registró, hecho que quedó oficialmente certificado por la autoridad administrativa.

Tannya Varela fue comandante general de la Policía Nacional del Ecuador.

Tannya Varela fue comandante general de la Policía Nacional del Ecuador.Archivo particular

¿Qué implica no cumplir una orden judicial?

Desde el punto de vista legal, el incumplimiento de una medida cautelar dispuesta por un juez no es un hecho menor, aunque debe subrayarse que la sola certificación de inasistencia no implica automáticamente una nueva sanción penal ni una decisión inmediata en contra de la persona procesada.

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El Código Orgánico Integral Penal (COIP) contempla, en su artículo 282, el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, que sanciona a quien desobedezca órdenes judiciales válidamente emitidas. 

No obstante, la aplicación de esta figura requiere un análisis posterior, así como una decisión expresa de la autoridad judicial o fiscal, que valore las circunstancias del caso, posibles justificaciones y la reiteración o gravedad del incumplimiento.

Sin pronunciamiento oficial hasta el momento

Hasta el cierre de esta nota periodística, antes de las 11:00 del martes 6 de enero de 2026, no existía un pronunciamiento público de la Fiscalía ni de la judicatura que anuncie la solicitud de nuevas medidas cautelares, la revocatoria de las ya impuestas o el inicio de un proceso adicional por el presunto incumplimiento.

Fuentes judiciales consultadas explican que, en estos casos, la certificación de no comparecencia es un insumo procesal, que puede dar lugar a pedidos de aclaración, justificación por parte de la defensa o, eventualmente, a una audiencia para revisar las medidas vigentes. Cualquier consecuencia legal debe resolverse dentro del debido proceso.

La diligencia contra la excomandante fue en Quito.

La diligencia contra la excomandante fue en Quito.ROLANDO ENRIQUEZ / API

El contexto del caso

La excomandante Tannya Varela fue procesada en diciembre de 2025 por presunta difusión de información de circulación restringida, delito que investiga la Fiscalía en el marco de un caso relacionado con filtraciones de datos sensibles. 

En la audiencia de formulación de cargos, la jueza dispuso medidas cautelares distintas a la prisión preventiva, entre ellas la presentación periódica y la prohibición de salida del país.

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