Funcionaria que frenó a Villacís en la Judicatura también tiene impedimento laboral
Janneth Vinueza, encargada de Talento Humano del Consejo de la Judicatura, tiene una mora con el SRI, la misma razón por la que inhabilitó a Alexandra Villacís

Damián Larco, (izquierda de traje morado) quedó a cargo de la Judicatura tras la destitución de Mario Godoy (centro).
La Directora Nacional de Talento Humano encargada del Consejo de la Judicatura, Janneth Soraya Vinueza Betancourt, se encuentra en el ojo del huracán.
Vinueza, quien estuvo al frente de los informes técnicos que inhabilitaron a Alexandra Villacís para asumir la presidencia del organismo, también registra un impedimento legal para ejercer cargos públicos debido a una deuda con el Estado.
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De acuerdo con el certificado CIWEB20005100614 emitido por el Ministerio de Trabajo el domingo 22 de febrero de 2026, la funcionaria figura con una prohibición por "mora con el sector público" reportada por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Irónicamente, esta situación es idéntica a la que enfrentó Villacís, aunque existen diferencias en cómo se ha manejado cada caso.
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La veloz inhabilitación contra Alexandra Villacís
El pasado 9 de febrero, la dirección liderada por Vinueza actuó con rapidez para frenar el ascenso de Villacís, quien debía reemplazar a Mario Godoy. El informe técnico Nro. CJ-DNTH-2026-0123 concluyó que la vocal suplente no podía ocupar el cargo por una supuesta mora tributaria.
Sin embargo, los tiempos de la operación han generado dudas. Según los registros de los certificados, la Dirección de Talento Humano ya conocía del impedimento de Villacís a las 09:37.
Pese a esto, a la funcionaria se le notificó recién a las 15:08 que debía entregar documentos para su ingreso. Para ese momento, el director general de la Judicatura, Jorge Maruri Vecilla, ya había enviado un oficio al CPCCS activando su reemplazo dos horas antes.
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El certificado del Ministerio de Trabajo donde consta el impedimento de Janneth Soraya Vinueza Betancourt.
El SRI niega deudas de la directora Vinueza
Al igual que ocurrió con Villacís, existe una contradicción entre las plataformas gubernamentales.
Mientras el Ministerio de Trabajo bloquea a Vinueza, el portal del SRI indica que la funcionaria no tiene obligaciones pendientes con la administración tributaria hasta la fecha de corte del 22 de febrero de 2026.
Villacís también presentó un certificado del SRI que confirmaba que estaba al día, pero en su caso no se le permitió corregir la situación antes de ser apartada. El informe de Talento Humano se basó estrictamente en el artículo 77 del Código Orgánico de la Función Judicial y el artículo 5 de la Losep para ratificar su inhabilitación.
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A pesar de tener el mismo impedimento que su antecesora procesada, Vinueza podría acogerse a beneficios que Villacís no tuvo. El reglamento interno de la Judicatura, bajo el amparo del debido proceso y el derecho al trabajo garantizados por la Constitución, establece un protocolo distinto para estos incidentes.
Según el artículo 6 del reglamento, la funcionaria dispone de un término de 30 días, contados a partir de la notificación, para solventar la deuda o el error administrativo que generó la prohibición laboral.
Por otro lado, la situación del expresidente de la Judicatura, Mario Godoy, sigue en el limbo administrativo; aunque fue destituido por la Asamblea el 18 de febrero, su inhabilitación por dos años aún no aparecía reflejada en el sistema del Ministerio de Trabajo hasta este domingo.