SUSCRÍBETE
Diario Extra Ecuador

Opinión

Columnas: Satya tiene dos mamás

El artículo 68 de la Constitución dispone que las parejas del mismo sexo que formen un hogar por el lapso y bajo las condiciones que señale la ley generan una unión de hecho con los mismos derechos que las familias constituidas mediante matrimonio.

Creado:

Actualizado:

El artículo 68 de la Constitución dispone que las parejas del mismo sexo que formen un hogar por el lapso y bajo las condiciones que señale la ley generan una unión de hecho con los mismos derechos que las familias constituidas mediante matrimonio. El artículo 67 de la Constitución garantiza y reconoce a las familias en sus diversos tipos. Por lo tanto, no existe un concepto único de familia. Uno de estos derechos que tienen las familias constituidas mediante unión de hecho es el vínculo filial que se forma entre padres y madres para con sus hijos.

En el artículo 24 del Código Civil se establece la filiación y las correspondientes maternidad y paternidad de todo hijo por el hecho de haber sido concebido dentro de un matrimonio o unión de hecho.

Satya fue planeada y procreada dentro de la unión de hecho de sus madres Helen y Nicky. Unión de hecho formalizada en Reino Unido en 2010 y en Ecuador en 2011. Cuando en diciembre de 2011 el Registro Civil se negó a inscribir a Satya con una doble filiación materna y los apellidos de sus madres, vulneró su derecho a tener una familia, una identidad, una nacionalidad, y la protección de sus dos madres. Eso es un discrimen injustificado e ilegal. Así lo declaró la Corte Constitucional y fue más allá, incorporó la Opinión Consultiva OC 24-17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre identidad de género y parejas del mismo sexo como norma constitucional.

tracking