Toque de queda inicia en 48 horas y aún no hay decreto oficial que aclare su ejecución
A pesar de que los anuncios oficiales han marcado el calendario, la base legal para la nueva restricción de movilidad permanece en un limbo jurídico

La medida entrará en vigencia este 15 de marzo de 2026 en Guayas, Los Ríos, Santo Domingo y El Oro.
El panorama de seguridad en Ecuador se encuentra en un punto de alta tensión. El presidente Daniel Noboa anunció que, desde este domingo 15 de marzo y hasta la medianoche del 30 de marzo, regirá un toque de queda focalizado en las provincias de Guayas, Los Ríos, Santo Domingo de los Tsáchilas y El Oro.
No obstante, hasta la mañana de este viernes, el decreto de estado de excepción —requisito indispensable para restringir el derecho constitucional a la libertad de tránsito— no ha sido publicado.
El abogado constitucionalista Gonzalo Muñoz advierte que, desde el rigor legal, el presidente no puede establecer un toque de queda sin la firma y publicación de dicho decreto. "Restringir la libertad de tránsito solo puede darse por medio de un estado de excepción debidamente fundamentado", señaló el experto al medio GK.
Operativos con apoyo internacional y advertencias penales
Pese a la falta del documento oficial en el Registro del Estado, el Gobierno ha avanzado en la preparación logística. El ministro del Interior, John Reimberg, durante la firma de un memorándum de entendimiento con el FBI, ratificó que el horario previsto para la restricción será de 23:00 a 05:00.

Fotografía de archivo de soldados ecuatorianos patrullando en el sector de Carapungo, en Quito
El objetivo de esta "limpieza" nocturna es permitir que las tropas militares y los equipos logísticos operen con fuerza letal contra las estructuras criminales en territorio sin riesgo para la población civil.
Reimberg fue enfático en señalar que el cumplimiento será exigido con rigor: “Hemos conversado con el sistema de justicia para actuar de forma contundente”, advirtió.
Ecuador
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Winnifer Mijares
Riesgo de ignorar la medida:
La advertencia para quienes decidan circular sin justificación una vez que entre en vigor la medida es severa. Bajo el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el incumplimiento de órdenes legítimas de autoridad competente constituye un delito que se castiga con una pena privativa de libertad de uno a tres años.
Por lo general, durante un toque de queda hay excepciones de circulación, como al personal de actividades esenciales, de salud y productivas.
También es común permitir que las personas, que tengan vuelos o viajes, puedan desplazarse a los aeropuertos, siempre que tengan sus documentos que prueben el traslado.
Aunque inicialmente la medida se concentra en las cuatro provincias con mayores índices de violencia, las autoridades no descartan que el decreto —una vez publicado— incluya a otras zonas críticas como Manabí, o que el rango de operación se extienda más allá de los 15 días programados.
Por ahora, el país espera que el documento oficial aparezca en las próximas horas para evitar confusiones legales durante los operativos del fin de semana.