Menor de 16 años retenido sería uno de los vendedores de droga más peligrosos de Quito
El menor de 16 años fue aprehendido en el Comité del Pueblo. En su poder y en su casa hallaron cocaína, marihuana, una balanza y dos armas de fuego

El menor sería de una estructura criminal que genera zozobra en el norte de Quito.
Un adolescente de 16 años recibió internamiento preventivo tras ser procesado por presunto tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, en alta escala, y por tenencia de armas. La decisión fue tomada por un juez especializado en causas relacionadas con adolescentes infractores, luego de valorarlas pruebas presentadas por Fiscalía.
El caso salió a la luz tras la aprehensión del menor, ocurrida la noche del 31 de marzo de 2026, en el sector del Comité del Pueblo, en el norte de Quito. De acuerdo con la teoría expuesta por la fiscal de la Unidad de Justicia Juvenil, los policías actuaron tras una alerta ciudadana que advertía que el joven supuestamente se dedicaría a la venta de droga en la zona.
Evidencias encontradas
Según la versión presentada en la audiencia de calificación de flagrancia, al momento de la aprehensión el adolescente habría tenido varias dosis en su poder. Posteriormente, durante la intervención en su vivienda, se encontró más sustancia sujeta a fiscalización, además de dos armas de fuego.

El adolescente sería microexpendedor del Comité del Pueblo.
Fiscalía detalló que en total fueron hallados un kilo con 993 gramos de cocaína y 571 gramos de marihuana. En el inmueble también se encontró una balanza, elemento que fue incorporado dentro de los indicios levantados durante el procedimiento.
Entre los elementos de convicción expuestos por la Fiscalía constan el informe balístico, el reconocimiento de evidencias, el acta de ingreso y pesaje de la sustancia, la prueba de identificación preliminar homologada y las versiones rendidas por los agentes aprehensores y por el propio adolescente procesado.
Contexto legal
La instrucción fiscal en esta causa tendrá un plazo de 30 días. El delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala está tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c, del COIP, mientras que la tenencia de armas se sanciona en el artículo 360 de la misma norma.