Nueva ordenanza aprueba la tercera placa en Quito: ¿Qué implica para los conductores?
El Concejo Metropolitano de Quito aprobó la ordenanza que regula la tercera placa. La instalación podría iniciar en el segundo semestre de 2026

El Concejo Metropolitano de Quito trató en segundo debate la ordenanza que regula la implementación de la tercera placa vehicular.
Tras más de un año de postergaciones, el Concejo Metropolitano de Quito aprobó este martes 6 de enero de 2026 la ordenanza que regula la implementación del Dispositivo Electrónico de Identificación Vehicular (DEIV), conocido como la tercera placa. La normativa fue avalada con 20 votos a favor durante una sesión ordinaria.
El DEIV funcionará de forma similar a los dispositivos electrónicos utilizados para el pago de peajes en la Autopista General Rumiñahui y la avenida Oswaldo Guayasamín. Su objetivo es modernizar la gestión del tránsito y el transporte mediante el uso de tecnología inteligente en el Distrito Metropolitano de Quito.
Retrasos y críticas en el Concejo
La ordenanza estaba prevista para entrar en vigencia a inicios de 2025; sin embargo, el Municipio reconoció retrasos técnicos y administrativos que obligaron a aplazar su aplicación, primero para mediados de ese año y luego sin una fecha concreta.
Durante el debate, la concejal Analía Ledesma cuestionó la demora en la aprobación y advirtió que la ciudad enfrenta un crecimiento anual de cerca de 50.000 vehículos, lo que agrava los problemas de movilidad. “Mientras más autos hay, menos espacio existe para peatones y bicicletas. Este dispositivo debe implementarse sin más dilaciones”, señaló.
Ledesma alertó además que la inversión estimada para el sistema bordea los USD 5 millones y que, de no ejecutarse oportunamente, su aplicación podría postergarse hasta 2027.
No es un sistema de rastreo
El presidente de la Comisión de Movilidad, concejal Diego Garrido, aclaró que la tercera placa no permitirá rastreo satelital de los vehículos. “No es un GPS. El dispositivo contendrá únicamente el número de placa y el número de chasis”, explicó.
En la misma línea, el secretario de Movilidad, Álex Pérez, indicó que el DEIV servirá para facilitar la gestión, regulación y control del tránsito, integrando información en un sistema de movilidad inteligente.
¿Quiénes deberán portar la tercera placa?
La ordenanza establece que el dispositivo será obligatorio para:
- Vehículos que se presenten a la Revisión Técnica Vehicular en Quito.
- Automotores que se matriculen por primera vez en el Distrito Metropolitano.
- En el caso de vehículos matriculados en otros cantones, la colocación será voluntaria.
¿Cuándo empezará la instalación?
Aún no existe una fecha definida. La normativa concede 30 días para que la Secretaría de Movilidad emita el reglamento técnico y operativo. De manera preliminar, se estima que la implementación podría iniciar en el segundo semestre de 2026.
Además, en un plazo de 180 días, el Municipio deberá definir el modelo de gestión del Centro de Gestión de la Movilidad, que articulará a las entidades del sistema de tránsito inteligente.
Multas por incumplimiento
La ordenanza contempla sanciones según la gravedad de la infracción:
- Leves: multa del 15 % del salario básico unificado por no portar el dispositivo correctamente o no reponerlo tras cinco años.
- Graves: multa del 30 % por impedir su lectura o reincidir en faltas leves.
- Muy graves: multa del 50 % por adulteración, falsificación, retiro o duplicación del dispositivo, o reincidencia en infracciones graves.