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Diario Extra Ecuador

Pico y Placa en Quito: ¿Cuáles son los dígitos con restricción para este lunes 30 de marzo?

Inicia la última semana de marzo sin multas. Conoce qué vehículos tienen restricción de movilidad este lunes 30 de marzo en la capital

Conoce cómo rige el pico y placa en Quito.

Conoce cómo rige el pico y placa en Quito.Cortesía

Kevin Monte Gonzalez
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La medida de restricción vehicular Pico y Placa entra en vigencia este lunes 30 de marzo de 2026 en todo el perímetro urbano de Quito. La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) ha dispuesto operativos de control fijos y móviles en puntos críticos como la Av. Mariscal Sucre, la Av. Simón Bolívar y el Intercambiador de Carapungo para garantizar la fluidez del tránsito en el inicio de la jornada.

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De acuerdo con el calendario de rotación oficial, los vehículos y motocicletas que NO pueden circular este lunes son aquellos cuyo último dígito de placa termina en: 1 y 2

En el caso de las motocicletas, se recuerda que la restricción se aplica basándose en el último dígito numérico que aparece en la placa metálica. Los conductores con estas terminaciones deben planificar sus desplazamientos fuera de los horarios establecidos o utilizar el Metro de Quito, que opera con normalidad como alternativa de movilidad rápida.

Horarios de aplicación de la medida

El control vehicular se ejecuta en dos bloques horarios durante el día laborable:

  • Bloque matutino: Desde las 06:00 hasta las 09:30.
  • Bloque vespertino: Desde las 16:00 hasta las 20:00.

Fuera de estos rangos (de 09:31 a 15:59 y a partir de las 20:01), la circulación es libre para todos los vehículos sin distinción de placa. Es importante señalar que la restricción no aplica los sábados, domingos ni feriados oficiales.

Sanciones y multas en 2026

Con el Salario Básico Unificado (SBU) fijado en $482 para este año, las multas por irrespetar el Pico y Placa son:

  • Primera infracción: $72,30 (15% del SBU).
  • Segunda infracción: $120,50 (25% del SBU).
  • Tercera infracción en adelante: $241,00 (50% del SBU).

Además de la multa económica, los agentes civiles de tránsito pueden proceder a la retención del vehículo, el cual será trasladado a los Centros de Retención Vehicular (CRV) de la municipalidad.

Se mantienen exentos de la medida los vehículos conducidos por personas de la tercera edad, personas con discapacidad (con carné oficial), vehículos 100% eléctricos y unidades de emergencia o seguridad pública debidamente identificadas.

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