¿Qué sectores están exentos del toque de queda en Ecuador este mayo 2026?
El Gobierno Nacional oficializó la restricción de movilidad nocturna basándose en mapas térmicos de criminalidad. Conoce quiénes pueden circular legalmente

Integrantes de la Autoridad de Tránsito y Movilidad de Guayaquil (ATM) custodian en una calle en medio de un toque de queda durante el 2026.
Lo que debes saber
- Toque de queda rige de 23:00 a 05:00 en 9 provincias y 5 cantones por inseguridad.
- Quito prioriza vigilancia en Calderón y La Delicia ante aumento de muertes violentas.
- Sectores estratégicos, salud y viajeros al aeropuerto están exentos de restricción.
El Decreto Ejecutivo 370, emitido por la Presidencia de la República, establece un estado de excepción focalizado que responde a un análisis técnico del Ministerio del Interior y la Policía Nacional. Según el documento oficial, la medida es necesaria debido a un patrón crítico de violencia concentrado en la madrugada.
En el caso de Quito, se reportó que el 41% de los delitos analizados en el último mes ocurrieron precisamente en la franja horaria donde hoy rige la restricción.
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Horarios y alcance territorial del Decreto 370
La restricción a la libertad de tránsito se aplica de forma estricta desde las 23:00 hasta las 05:00. Esta medida no es general para todo el país, sino que se concentra en las provincias y cantones con mayores índices de peligrosidad, incluyendo:
- Provincias completas: Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos.
- Cantones específicos: La Maná (Cotopaxi), Las Naves y Echeandía (Bolívar), y La Troncal (Cañar).
- En Quito: El enfoque principal está en las parroquias Calderón y La Delicia, donde las muertes violentas han escalado significativamente en 2026.

El presidente Daniel Noboa ha concedido nacionalidad en varias ocasiones.
Sectores que pueden circular sin restricciones
Para no afectar la economía nacional ni los servicios vitales, el artículo 5 del Decreto 370 exonera a los siguientes grupos, quienes deberán portar su credencial profesional o salvoconducto si son interceptados por las Fuerzas Armadas:
- Salud y seguridad: Todo el personal de servicios de salud pública y privada, así como miembros de la fuerza pública y seguridad privada complementaria.
- Sectores estratégicos: Trabajadores de telecomunicaciones, electricidad, agua potable y gestión de riesgos.
- Comercio exterior: Toda la cadena logística de exportación, desde la producción hasta el transporte y los puertos.
- Servicios de emergencia: Incluye el cuerpo de bomberos, atención vial y servicios funerarios.
- Viajeros: Ciudadanos que se dirijan al aeropuerto, presentando su pasaporte y ticket de vuelo (físico o digital).
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Medidas de control y sanciones
El Gobierno ha facultado a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional para realizar requisas y allanamientos sin orden judicial previa bajo el principio de inviolabilidad de domicilio, siempre que existan indicios de amenazas terroristas o delincuencia organizada.
La normativa también permite la intervención de correspondencia y comunicaciones en las zonas de conflicto para prevenir atentados.
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Es fundamental que la ciudadanía comprenda que el incumplimiento de estas disposiciones constituye un delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad, tipificado en el COIP.
Se recomienda a las empresas que operan en turnos nocturnos emitir certificados laborales actualizados para sus colaboradores. El monitoreo de esta medida será constante y se evaluará su extensión dependiendo de la reducción de los índices de criminalidad en las próximas semanas.