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Toque de queda en Ecuador: Esto es lo que dice el último decreto.ChatGPT

¿Hay toque de queda en Ecuador con el nuevo estado de excepción? Esto dice el decreto

El Decreto Ejecutivo 76 no impone toque de queda en Guayaquil ni otras ciudades, aunque declara estado de excepción en cuatro provincias del país

El presidente de la República, Daniel Noboa, suscribió el Decreto Ejecutivo 76 el miércoles 6 de agosto de 2025, mediante el cual se declara el estado de excepción en cuatro provincias del país: Guayas, Manabí, Los Ríos y El Oro. La medida se tomó bajo el argumento de una grave conmoción interna causada por el accionar de grupos armados organizados.

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El decreto entró en vigencia el mismo día de su emisión y tendrá una duración de 60 días, de acuerdo con lo establecido en el documento oficial difundido por la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia. Su objetivo principal es fortalecer la presencia y acción de las fuerzas del orden para frenar el crecimiento de la violencia criminal en zonas estratégicas del país.

En el marco del estado de excepción, se suspenden dos derechos constitucionales: la inviolabilidad del domicilio y la inviolabilidad de la correspondencia. Sin embargo, para la ciudadanía queda la duda de si en este nuevo período se ha decretado también el toque de queda. ¿Qué dice el documento sobre la prohibición de movilidad?

Esto es lo que dice el decreto

De acuerdo con este documento, a diferencia de otros estados de excepción decretados en meses anteriores, no se establece toque de queda en ninguna de las provincias mencionadas. Es decir, no hay restricción horaria a la movilidad ciudadana ni se prohíbe la circulación durante la noche en Guayaquil, Manta u otras localidades de las provincias enumeradas en el decreto.

En redes sociales y plataformas no oficiales, por otra parte, circularon versiones que afirmaban la existencia de un toque de queda en ciertos cantones entre las 22:00 y las 05:00. Sin embargo, dichas publicaciones no están respaldadas por el contenido legal del decreto, ni han sido confirmadas por la Presidencia ni el Ministerio del Interior, por lo que no deben considerarse válidas.

Los uniformados de las Fuerzas Armadas también controlan el orden en el país.CORTESIA

Otras dos suspensiones de derecho en el decreto

El decreto 76 también autoriza tanto a la Policía Nacional como a las Fuerzas Armadas a realizar allanamientos, inspecciones y requisas sin orden judicial, siempre que existan indicios razonables de actividades ilícitas o presencia de grupos delictivos.

Además, se habilita la posibilidad de intervenir comunicaciones personales, ya sean físicas o digitales, con el fin de recabar información que permita prevenir o neutralizar operaciones vinculadas a la delincuencia organizada. Estas acciones deberán llevarse a cabo en coordinación con los órganos judiciales, respetando el principio de proporcionalidad.

El último estado de excepción fue decretado el 12 de abril de 2025. Orden del presidente Daniel Noboa

La aplicación del estado de excepción está enfocada en garantizar la seguridad interna, facilitar operativos en zonas de conflicto y desarticular estructuras criminales. Las autoridades contarán con un marco legal más amplio para actuar de forma inmediata y coordinada en áreas consideradas críticas por el incremento de delitos violentos.

No obstante, las actividades económicas, sociales y comerciales pueden desarrollarse con normalidad, al no existir ninguna disposición que limite la libre movilidad de los ciudadanos durante el día o la noche.

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