IVA al 8% en Ecuador para Carnaval 2026: Estas son las fechas y servicios incluidos
El Carnaval 2026 tendrá IVA al 8% en turismo. Conoce las fechas, servicios incluidos y cómo acceder al beneficio en Ecuador

Turistas aprovecharán el IVA al 8% en hoteles, restaurantes y tours durante el feriado de Carnaval 2026 en Ecuador.
El Gobierno Nacional oficializó la reducción temporal del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 8% durante el feriado de Carnaval 2026, con el objetivo de impulsar el turismo interno y dinamizar la economía en una de las temporadas con mayor movimiento del año.
La medida fue adoptada mediante el Decreto Ejecutivo 304, firmado por el presidente Daniel Noboa, y estará vigente desde el sábado 14 hasta el martes 17 de febrero de 2026.
¿Cuándo rige la rebaja del IVA al 8%?
La reducción del IVA del 15% al 8% aplicará exclusivamente durante los cuatro días de asueto por carnaval:
- Sábado 14 de febrero de 2026
- Domingo 15 de febrero de 2026
- Lunes 16 de febrero de 2026
- Martes 17 de febrero de 2026
Fuera de estas fechas, la tarifa volverá al 15% habitual.
Economía
Gasolinas Extra y Ecopaís suben de precio este 12 de febrero: Revisa los nuevos valores
Osman Encarnación

Durante el feriado de carnaval, los ecuatorianos aprovechan para viajar a la playa.
¿Qué servicios turísticos tendrán IVA al 8%?
La rebaja aplica únicamente para establecimientos y prestadores que consten en el catastro oficial del Ministerio de Turismo. Los servicios incluidos son:
Alojamiento
- Hoteles
- Hostales
- Posadas
- Hosterías
Alimentación
- Restaurantes
- Cafeterías
- Establecimientos de comida y bebidas
Transporte turístico
- Alquiler de vehículos con fines turísticos
- Servicios de transporte especializado para turistas
Operación y agencias
- Paquetes turísticos
- Tours
- Servicios de intermediación
Eventos
- Organización de congresos
- Convenciones
- Ferias
Requisitos para aplicar el IVA reducido
El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitirá las directrices para que los negocios ajusten sus sistemas de facturación y apliquen correctamente la tarifa del 8%.
Para que el beneficio sea válido, los prestadores deben cumplir dos condiciones fundamentales:
- Registro en el Ministerio de Turismo: El establecimiento debe constar en el catastro actualizado.
- Comprobantes dentro del plazo: Las facturas deben emitirse entre el 14 y el 17 de febrero de 2026.
En el caso de los boletos aéreos, el IVA al 8% aplicará si el servicio se presta durante los días del feriado, incluso si la compra se realizó con anterioridad.
Objetivo: impulsar el turismo en Carnaval 2026
El Ejecutivo justificó la medida como una herramienta para incentivar el consumo y fortalecer la actividad económica. Según proyecciones del sector turístico, la reducción del IVA atraerá a más viajeros hacia las provincias de la Costa y la Sierra, donde se celebran algunos de los carnavales más emblemáticos del país.
Con esta decisión, el Gobierno busca potenciar la ocupación hotelera, el consumo en restaurantes y la contratación de paquetes turísticos durante el feriado de Carnaval 2026 en Ecuador.