Exmilitar fue sentenciado por femicidio ocurrido en 2020: víctima esperaba un hijo suyo
La investigación reveló patrones de violencia física y psicológica. El sentenciado se mantuvo prófugo hasta su captura, en Perú, en octubre de este año

Imagen de referencia. El cuerpo de la víctima fue hallado enterrado, en estado de descomposición.
El Tribunal de Garantías Penales de Santo Domingo de los Tsáchilas condenó el jueves 18 de diciembre de 2025 a un exmilitar a cumplir una sentencia de 34 años de prisión por el femicidio de su expareja, quien se encontraba en estado de gestación al momento de su muerte.
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El crimen se conoció en noviembre de 2024, cuando el cuerpo de la víctima fue localizado cubierto de tierra, en estado de descomposición y con las manos atadas con un cable eléctrico, utilizando un nudo tipo presilla de alondra, comúnmente utilizado por personal capacitado como policías, bomberos y militares, de acuerdo con el informe levantado en la escena.
Según el informe de autopsia, la causa de muerte fue asfixia mecánica por estrangulación manual. Durante la etapa investigativa se recopilaron pericias técnicas, análisis de llamadas telefónicas y otros elementos que establecieron que la víctima y el ahora sentenciado estuvieron en el mismo lugar el día de la desaparición.
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El proceso penal determinó que el uniformado, expareja de la víctima, fue el responsable del hecho. Además, peritajes incorporados al expediente evidenciaron la existencia de violencia psicológica previa en la relación.
El procesado permaneció prófugo durante dos años y constó en la lista de los más buscados de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas hasta que finalmente fue ubicado y extraditado desde Perú el 16 de octubre de 2025, lo que permitió continuar con el juicio.
Decenas de testimonios y pruebas

Se realizaron decenas de pericias químicas, médicas y psicológicas para resolver el caso.
Durante la audiencia, la Fiscalía presentó 32 testigos, además de pruebas documentales y periciales. Entre estas constaron informes de la Dinased, pericias de ADN que confirmaron la paternidad del hijo que esperaba la víctima.
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También se incluyeron análisis de videos de seguridad, reconstrucción de los hechos, perfilamiento criminal, peritajes de contexto de género, evaluación de rasgos de personalidad del procesado y una autopsia psicológica.
Con base en estos elementos, el Tribunal resolvió, de forma unánime, declarar al acusado culpable del delito de femicidio. Los jueces indicaron que los montos correspondientes a la multa y reparación integral a favor de los familiares de la víctima serán detallados en la sentencia escrita.
¿Qué indica la ley ecuatoriana sobre el delito de femicidio?

El delito de femicidio es uno de los más graves y fuertemente castigados en la legislación ecuatoriana.
El delito fue sancionado conforme al artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el cual establece que “la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años”.
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Sin embargo, al existir circunstancias agravantes: haber pretendido establecer o restablecer una relación de pareja; existencia actual o pasada entre el sujeto activo y la víctima de relaciones familiares, conyugales, convivencia, intimidad, noviazgo; y que el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público, la sentencia fue incrementada en un tercio.
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