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Toque de queda hoy en Ecuador: ¿dónde aplica y a qué hora empieza?ChatGPT

¿Dónde aplica el toque de queda en Ecuador y a qué hora comienza?

El estado de excepción vigente en Ecuador mantiene restricciones nocturnas en zonas específicas con alta conflictividad e inseguridad

Desde el 10 de junio de 2025, Ecuador vive una nueva prórroga del estado de excepción por 30 días, decretada por el presidente Daniel Noboa. Esta medida busca contener la crisis de violencia derivada del conflicto armado interno declarado en enero de 2024 contra el crimen organizado. Como parte de este régimen, 21 jurisdicciones del país enfrentan un toque de queda nocturno entre las 22:00 y las 05:00.

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A pesar de las medidas extraordinarias, los hechos violentos no han cesado. Esta situación refuerza la percepción de que la seguridad en el país sigue en deterioro.

¿En qué lugares de Ecuador sigue vigente el toque de queda?

La restricción nocturna no es generalizada, sino focalizada en territorios con altos índices de criminalidad. Según el último decreto presidencial, el toque de queda aplica en:

  • Provincia de Guayas: cantones Durán, Balao y la parroquia Tenguel (zona rural de Guayaquil). El resto del cantón Guayaquil, incluyendo sus zonas urbanas —centro, norte y sur— no está sujeto a la restricción
  • Provincia de Orellana: cantones La Joya de los Sachas, Loreto y Francisco de Orellana
  • Provincia de Sucumbíos: cantones Shushufindi y Lago Agrio
  • Provincia de Los Ríos: los 13 cantones que conforman la provincia están bajo toque de queda

La medida tiene un horario fijo: desde las 22:00 hasta las 05:00 del día siguiente, todos los días. Durante ese período, la movilidad está restringida por completo, salvo en los casos expresamente autorizados por las autoridades.

Toque de queda: hay restricciones a la movilidad pública.ChatGPT

¿Quiénes están exentos de cumplir con el toque de queda?

Existen excepciones contempladas por el Gobierno para permitir la circulación de personas y vehículos vinculados a servicios esenciales. Los grupos exentos incluyen:

  • Personal de salud, seguridad, rescate y emergencia
  • Trabajadores con turnos nocturnos en sectores productivos o logísticos
  • Transporte interprovincial o de carga con rutas autorizadas
  • Personas con vuelos programados, con documentación de respaldo
  • Comunicadores acreditados, así como jueces, fiscales, abogados y funcionarios judiciales
  • Servidores públicos con credenciales oficiales

Es obligatorio portar identificación oficial o documentos justificativos, ya que el control es ejercido por las fuerzas del orden durante las horas restringidas.

Base legal y cuestionamientos constitucionales

El artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece sanciones de hasta tres años de prisión para quienes incumplan decisiones legítimas de autoridad competente, como el toque de queda.

No obstante, la prolongación reiterada del estado de excepción ha sido fuertemente cuestionada por la Corte Constitucional (CC). El 5 de marzo de 2025, este organismo ordenó la conformación de una comisión estatal para evitar que el estado de excepción se convierta en una medida permanente. A la fecha, el Ejecutivo no ha dado respuesta formal a dicha orden.

Además, el tribunal ha advertido que el conflicto armado interno no es justificación suficiente para mantener un estado de excepción indefinido. Incluso, ha declarado inconstitucionales o ha moderado varios decretos presidenciales anteriores que suspendían derechos fundamentales como la libertad de tránsito, reunión, inviolabilidad del domicilio o de la correspondencia.

El estado de excepción es un régimen de legalidad y, por lo tanto, no se podrán cometer arbitrariedades a pretexto de su declaración”, señala textualmente el decreto presidencial del 10 de junio.

Mientras tanto, el país continúa atrapado en una crisis de seguridad sin precedentes, con altos niveles de criminalidad ligados al narcotráfico y al accionar de grupos calificados por el gobierno como “actores beligerantes no estatales”.

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