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Una mujer y su hijastra se casarán en Argentina
Desde 2010 la ley argentina permite el matrimonio igualitario.
Una mujer y su hijastra se casarán, en Rosario, Argentina. Este 2 de diciembre diario El País, de España, difundió la historia de la pareja que consiguió la autorización de un juez para que el Registro Civil obvie el artículo 403 del Código Civil, ese que impide los matrimonios en los que haya algún grado de parentesco de sangre o político.
El inicio de la historia se remonta a 1983, año en que un hombre y una mujer se casaron y tuvieron una hija. La esposa murió en 1999 y él formó una nueva pareja con una joven. La relación duró hasta 2010, cuando el hombre falleció. Entonces viuda e hijastra (la niña nacida en 1983) mantuvieron un contacto mínimo. Sin embargo, de un día para el otro, se encontraron unidas por el dolor de una pérdida. Las mujeres, casi de la misma edad (32 y 33 años), primero se hicieron amigas y después se enamoraron. Ahora alistan su matrimonio.
En el artículo divulgado por el portal español se protege el nombre de las involucradas. Pero se señala que el pasado 7 de noviembre ambas se presentaron en el registro civil de Rosario (al noroeste de Buenos Aires) para solicitar un turno, pues desde 2010 la ley argentina permite el matrimonio igualitario (las uniones entre personas del mismo sexo). El problema se presentó cuando la institución negó esa posibilidad amparada en el artículo 403 del Código Civil.
El abogado de la pareja explicó que entonces se presentó una demanda de inconstitucionalidad, atacando la vigencia temporal de la normativa y encontraron acogida favorable en un juez. Ricardo Dutto declaró la inconstitucionalidad de la norma y autorizó el matrimonio.
El juez indicó en su fallo que “la Constitución Nacional garantiza implícitamente a todo ciudadano su derecho a procurar su propia felicidad, lo que conlleva el derecho a ser tratado dignamente por las leyes en todas las dimensiones de la vida, entre las que cabe el matrimonio. Si la ley impone el parentesco por afinidad como impedimento para contraerlo, menoscaba a estas dos mujeres que nunca tuvieron un trato de cónyuge sobreviviente e hija del hombre fallecido”. Ese argumento dio paso a que las argentinas pongan fecha a su boda.