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Horario toque de queda en Quito de este jueves 21 de marzo

Ecuador se encuentra bajo un Estado de excepción debido a la situación de orden público. Entre las medidas se destaca el toque de queda

Esta es la vista que hay desde el patio de una casa. Se observa El Panecillo.
Esta es la vista desde una casa en Quito, en la mitad se logra divisar el PanecilloANGELO CHAMBA

El estado de excepción continúa en todo el país, y, con ello, el toque de queda se sigue imponiendo. Estos son los horarios de prohibición de circular libremente por las calles de este jueves, 21 de marzo de 2024.

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Inicialmente se fijó el horario de esta medida de 23:00 a 05:00, pero para lograr una reactivación económica, el presidente Daniel Noboa ordenó la semaforización, mientras las fuerzas de seguridad continúan realizando operativos en varias zonas del país.

La semaforización fue una actualización en la que se consideró las diferentes situaciones de seguridad en distintos sectores del país. A partir del 23 de enero del 2024, se comenzó a aplicar diferentes horarios por cantón.

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Miliares realizan operativos en Quito por el toque de queda.
Miliares realizan operativos en Quito por el toque de queda.GUSTAVO GUAMAN

Quito es uno de los cantones considerados de Alto Riesgo, lo que implica una restricción de la libertad de tránsito todos los días desde las 00:00 hasta las 05:00.

Además que el jueves 7 de marzo, el jefe de estado firmó la ampliación del estado de excepción, que está vigente desde el pasado 8 de enero de 2024, es decir que el toque de queda finalizará el 8 de abril de 2024 con la semaforización establecida previamente por el gobierno.

Con excepciones en los siguientes sectores

  • Servicios de salud.
  • Seguridad y fuerza pública.
  • Servicios de emergencia vial.
  • Servidores públicos o personal de contratistas de entidades que se acrediten que deben movilizarse para asegurar el trabajo de servicios públicos.
  • Integrantes de una cadena logística de empresas cuyas facilidades de producción operen durante la noche o en turnos rotativos (deberán demostrar que pertenecer a una empresa).
  • Personas que deben trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario de toque de queda.
  • Abogados, funcionarios de la Corte Constitucional y servidores públicos de la Función Judicial (deben acreditar la necesidad de acudir a la diligencia judicial).
  • Trabajadores de medios de comunicación social (deben acreditar la necesidad)

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