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Horario toque de queda en Quito de este jueves 7 de marzo

Ecuador se encuentra bajo un Estado de excepción debido a la situación de orden público. Entre las medidas se destaca el toque de queda

El Palacio de Gobierno está ubicado en el Centro Histórico de Quito.
El Palacio de Gobierno está ubicado en el Centro Histórico de Quito.Archivo

El estado de excepción continúa en todo el país, y, con ello, el toque de queda se sigue imponiendo. Estos son los horarios de prohibición de circular libremente por las calles de este jueves, 7 de marzo de 2024.

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Inicialmente se fijó el horario de esta medida de 23:00 a 05:00, pero para lograr una reactivación económica, el presidente Daniel Noboa ordenó la semaforización, mientras las fuerzas de seguridad continúan realizando operativos en varias zonas del país.

La semaforización fue una actualización en la que se consideró las diferentes situaciones de seguridad en distintos sectores del país. A partir del 23 de enero del 2024, se comenzó a aplicar diferentes horarios por cantón.

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Controles militares
Las Fuerzas Armadas, en conjunto con la Policía Nacional, realizan operativos frecuentes en zonas de la capital consideradas críticas.Henry Lapo

Quito es uno de los cantones considerados de Alto Riesgo, lo que implica una restricción de la libertad de tránsito todos los días desde las 00:00 hasta las 05:00.

Con excepciones de los siguientes sectores

  1. Servicios de salud
  2. Seguridad y fuerza pública.
  3. Servicios de emergencia vial.
  4. Servidores públicos o personal de contratistas de entidades que se acrediten que deben movilizarse para asegurar el trabajo de servicios públicos.
  5. Integrantes de una cadena logística de empresas cuyas facilidades de producción operen durante la noche o en turnos rotativos (deberán demostrar que pertenecer a una empresa).
  6. Personas que deben trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario de toque de queda.
  7. Abogados, funcionarios de la Corte Constitucional y servidores públicos de la Función Judicial (deben acreditar la necesidad de acudir a la diligencia judicial).
  8. Trabajadores de medios de comunicación social (deben acreditar la necesidad).

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