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Registro nacional de infieles en Ecuador: ¿es un delito exponer nombres?Canva

Registro nacional de infieles en Ecuador: implicaciones legales de exponer nombres

¿Es delito exponer a infieles en Ecuador? Te explicamos si este acto genera acciones civiles y medidas constitucionales

Circula en Ecuador un denominado "registro nacional de infieles", en donde se exponen públicamente nombres de personas que, supuestamente, alguna vez le han fallado a su pareja. Más allá del impacto social y moral de estas iniciativas, el planteamiento abre una duda jurídica clave: ¿exponer públicamente la infidelidad de alguien constituye un delito en Ecuador?

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¿La difusión de una infidelidad es un delito penal?

No. En el sistema jurídico ecuatoriano actual no existe una tipificación penal que convierta la exposición de una infidelidad en un delito. 

La figura clásica de la injuria (que antiguamente recogía expresiones que afectaban el honor) no está contemplada como infracción penal en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Tampoco puede hablarse de calumnia, en lo penal, si lo que se difunde es una conducta privada como la infidelidad, porque la calumnia se configura únicamente cuando se imputa falsamente la comisión de un delito... y la infidelidad no es delito en Ecuador.

¿Entonces no hay consecuencias legales?

Aunque la conducta no alcance el ámbito penal, sí puede generar responsabilidades por otras vías. El derecho constitucional protege ámbitos como el honor, la reputación y la intimidad. Por ello, la persona afectada tiene herramientas jurídicas para reclamar y reparar el daño sufrido, algunas de estas contempladas en el Código Civil y en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

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¿Qué acciones puede tomar quien es expuesto?

Las principales vías para responder legalmente a la exposición pública de la vida privada son de carácter civil y constitucional. Entre las medidas y recursos más habituales están:

  • Solicitar la eliminación del contenido difundido (retirada de publicaciones en redes o sitios web)
  • Iniciar una demanda civil por daño moral y por vulneración de la intimidad, con petición de indemnización
  • Presentar una acción de protección para restituir derechos constitucionales (honor, intimidad y reputación), buscando medidas cautelares como el retiro inmediato del material y una posible rectificación o disculpa pública
  • Denunciar vulneraciones relacionadas con la protección de datos personales si la difusión incluye información sensible o identificativa

El papel de la verdad y la intención

La veracidad de lo difundido y la intención detrás de la publicación influyen en el tipo y alcance de la reparación. Aunque un hecho sea cierto, su difusión pública sin consentimiento puede vulnerar la intimidad y el honor, lo que da pie a reclamos civiles. 

Asimismo, si la exposición busca el escarnio público o incitar a acciones que menoscaben derechos fundamentales, los tribunales pueden adoptar medidas más contundentes para proteger a la víctima.

¿Qué deben considerar quienes publican este tipo de registros?

Quienes comparten acusaciones o listas públicas deben tener presente que, aun sin riesgo penal directo por la infidelidad en sí, pueden enfrentar responsabilidades civiles y órdenes judiciales para la remoción de contenido. Además, la circulación masiva de datos personales o íntimos puede activar procedimientos administrativos o constitucionales destinados a la protección de derechos.

En Ecuador la creación o difusión de un “registro de infieles” no encuadra como delito penal por la naturaleza de los hechos que pretende exponer. Sin embargo, implica riesgos legales reales por vulneración de la intimidad, del honor y de la buena reputación, cuya defensa corresponde preferentemente a la vía civil y a mecanismos de protección constitucional.

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